La herencia digital, un tema sin regulación
Uno va cumpliendo años y, sin llegar al nivel de los abuelos que se cavan sus tumbas en el pueblo donde nacieron para que ya esté el trabajo hecho el día que asome la parca, mi cabeza ya empieza a plantearse ciertas cosas. Tengo claro que, el día que estire la pata, todo lo físico, o lo que siga teniendo cuando suceda, pasará a las manos de mi único descendiente. Para mí, es motivo de alegría saber que ambos disfrutamos de los videojuegos y que, una vez fuera de la ecuación, mis cosas tendrán una segunda vida, valga el humor negro. De hecho, ya me ha preguntado alguna vez si "todo eso" será suyo algún día. Y yo, encantado si él lo valora y lo disfruta el día de mañana. Pero ¿y mi legado digital? Existen servicios digitales que, en sus términos de uso, prohíben de manera tácita y explícita que pueda pasarle mi cuenta a alguien para que disfrute del contenido digital, en este caso concreto mi hijo cuando yo ya no esté. O disponer de ella de otra manera si así lo considero, como pueda ser venderla a un tercero. Dicho de otro modo, ¿qué pasará con los más de 700 juegos y DLC que tengo repartidos entre mis cuentas digitales de distintos servicios, como Playstation Network, Nintendo eshop o Xbox Live? Están pagados con el mismo dinero que los juegos en formato físico, pero no puedo hacer uso de ellos de la misma manera. Es una pata más del debate de la preservación digital frente al formato físico, aunque, en este caso, centrada en la perspectiva del usuario, en lugar de en el juego en sí. ¿Hasta qué punto puedo preservar o puede mi heredero reclamar mis diversas "posesiones digitales" una vez que yo haya fallecido? Está claro que puedo pasarle la contraseña a mi hijo (de hecho, existen ya servicios que almacenan contraseñas y las facilitan a los familiares designados una vez muertos) y que, incluso, existen protocolos en redes como Twitter o Facebook para acceder o borrar perfiles de familiares fallecidos. Pero ¿qué pasa con las tiendas digitales de juegos? Yo puedo facilitarle las contraseñas para que añada mis cuentas en sus dispositivos (si es que existen aún en el futuro) y que acceda al contenido. Pero... ¿y cuando esa cuenta tenga 100 años o más de actividad? ¿Se comprobará que el titular sigue vivo? ¿Se cerrarán de oficio al superar una cierta edad? ¿Se podrán transferir esos juegos comprados a otra cuenta de un familiar? Puede parecer un debate "lúgubre", pero hay compañías que ya se están planteando estas cuestiones. En julio de este año, el coloso chino Tencent consiguió la patente sobre la transferencia de ítems digitales una vez fallecido el jugador. Es un primer paso de un camino que aún está lleno de incógnitas, pero que, más pronto que tarde, se tendrá que regular. Por eso, mientras pueda, seguiré en mis trece, comprando en formato físico y, de paso, ayudando a la industria local.
¿Hasta qué punto puedo preservar o puede mi heredero reclamar mis diversas 'posesiones digitales' una vez que yo haya fallecido?