La Fiscalía solicita el encarcelamiento de los miembros de ‘la Manada’
La Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra solicitó ayer el ingreso en prisión de los cinco jóvenes sevillanos miembros del grupo la Manada – José Ángel Prenda, Jesús Cabezuelo, Jesús Escudero, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero– después de que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) confirmara el miércoles la condena de nueve años por un delito continuado de abusos sexuales con prevalimiento. El Ministerio Público pide en concreto la celebración de la comparecencia que prevé el artículo 539 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con el artículo 505 del mismo texto legal al entender, entre otros argumentos, que “una vez confirmada la condena a nueve años de prisión, la no modificación de los hechos portados por el TSJ al resolver el recurso de apelación, y las especiales características del recurso de casación, hacen necesario asegurar el cumplimiento de dicha condena a nueve años de prisión evitando la posibilidad de que los penados se sustraigan a la acción de la Justicia, haciendo ilusoria la condena”.
Además, la Fiscalía navarra presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para que se eleve la condena de los cinco acusados, al seguir manteniendo que los hechos “son constitutivos de un delito continuado de agresión sexual y no sólo de abusos sexuales”.
El fiscal superior de Navarra, José A. Sánchez Sánchez-Villares, recordó que éste era el criterio que mantenía en el recurso de apelación resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y que, destaca la Fiscalía, “ha sido acogido en el voto particular manifestado por dos de los cinco magistrados componentes de la Sala”, entre ellos el presidente del Alto Tribunal, Joaquín Galve.
Estos dos magistrados del voto particular estiman que habría que condenar a los cinco procesados por un delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de intimidación, a sendas penas de 14 años, 3 meses y un día. A uno de los cinco acusados, el guardia civil Antonio Manuel Guerrero, le consideran, además, responsable de un delito de robo con intimidación, por el que deberían imponerle 2 años más de prisión en lugar de los 900 euros de multa fijados por la Audiencia, por un delito leve de hurto, por quitarle el móvil a la denunciante.
El argumento principal de estos magistrados consiste en considerar que la Manada tendió “una encerrona” a la víctima, teniendo en cuenta la “prácticamente nula posibilidad de ésta de huir y/o escapar”. La sentencia mantiene, por unanimidad, que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima, cuyo testimonio es tildado de “coherente, persistente en la incriminación, seguro y convincente”, ya que las afirmaciones de la joven han sido “corroboradas con evidencias recogidas en una prueba externa profusa y suficiente”.
Dicen los jueces además que los vídeos que grabaron los jóvenes de la Manada muestran según la sentencia del Tribunal Superior de Navarra dos cosas: la “pasividad doliente” de la joven, de un lado, y el “abusivo comportamiento” de los cinco acusados, de otro.
Anuncia un recurso ante el Supremo al mantener que hay un delito de agresión sexual