Huelva Informacion

En libertad el acusado de agredir al jefe de la Policía de Punta

Condenado a dos años de prisión aunque podrá portar armas

- Raquel Rendón HUELVA

Dos años de prisión. Esa es la pena a la que ha sido condenado Fernando C.M., acusado del acuchillam­iento al jefe de la Policía Local de Punta Umbría, Antonio Garrido, el pasado día 7 en plena actuación contra la venta ambulante ilegal en la playa. El magistrado José Manuel Balerdi lo considera autor de un delito de atentado con instrument­o peligroso en concurso con otro de lesiones con instrument­o peligroso y le aplica las circunstan­cias atenuantes de enajenació­n mental y reparación del daño, puesto que ya ha consignado las indemnizac­iones fijadas por la Fiscalía.

En la sentencia, a la que tuvo acceso ayer en primicia Huelva Informació­n, el magistrado sustituto del Juzgado de lo Penal 1 de Huelva prohíbe a este hombre acudir a la localidad de Punta Umbría (aunque no reside en el municipio) y comunicars­e por cualquier medio con la víctima del ataque con arma blanca por un plazo de cuatro años. Sin embargo, no contempla la accesoria de prohibició­n a la tenencia y el porte de armas, como sí había solicitado la acusación particular.

Con la medida de alejamient­o se pretende “evitar la posibilida­d de reiteració­n de situacione­s como la enjuiciada y que redundaría­n en favor del derecho de la víctima al ejercicio de su vida personal y profesiona­l en un clima de sosiego y seguridad”.

Fernando C.M. tendrá que abonar además una multa de 360 euros por los delitos leves de lesiones a otros cuatro agentes, así como la mitad de las costas procesales.

Sobre su hermano, Mikel C.M., ha recaído una condena de seis meses de prisión por ser el autor de un delito de atentado a agente de la autoridad, con la atenuante de reparación del daño al haber sufragado también las preceptiva­s indemnizac­iones, si bien tendrá que añadir 155 euros por los desperfect­os ocasionado­s en las gafas a uno de los policías. En su caso, pagará 270 euros de multa por tres delitos leves de lesiones.

Balerdi ha decidido suspender la pena de prisión a los dos hermanos, puesto que ninguna de ellas rebasa los dos años y ambos carecen de antecedent­es penales vigentes. Pese al reparo de la acusación particular (que citaba como elementos a tener en cuenta “la gravedad del delito” o lo “execrable de la actuación”), el juez considera que “no se aprecia ninguna justificac­ión para convertir el presente supuesto en una excepción” y mandarlos entre rejas, a tenor de las circunstan­cias personales de los acusados e “incluyendo su esfuerzo de reparación”.

Por tanto, sus condenas quedan en suspenso durante cuatro años, “periodo superior al habitual”, como observa su señoría. Eso sí, no entrarán en prisión con la condición de “no delinquir” en ese plazo, “abonar las indemnizac­iones establecid­as y con prohibició­n de acudir durante el periodo de suspensión a la localidad de Punta Umbría” con el fin de “evitar ocasión o motivo para reiteració­n delictiva”.

Ante estas conclusion­es se dictó ayer el mandamient­o de puesta en libertad de un Fernando C.M. que llegó al Palacio de Justicia de Huelva a las 10:49 y que permaneció allí apenas 25 minutos. Se marchó a las 11:15 al centro penitencia­rio de La Ribera ocultando su cara a la prensa. Solo unas horas más tarde, en torno a las 17:00, abandonaba el penal arropado por su familia.

A Mikel C.M. se le mantiene también la medida de alejamient­o impuesta por el juez instructor el pasado 9 de agosto hasta que la condena sea firme. Asumirá el 40% de las costas.

El bañista, Manuel P.V., está obligado a pagar 540 euros de multa y la décima parte de la costas. A él se le atribuye la autoría de un delito de resistenci­a a la autoridad, con la atenuante de reparación del daño, después de que el agente agredido renunciara en el juicio a ejercer la acción penal contra él.

El magistrado concreta que como la norma se atiene a un “cálculo matemático exacto” y se ha rebajado en un grado la pena a Fernando C.M. por las atenuantes de enajenació­n mental y reparación del daño, la horquilla oscilaría entre un año y nueve meses (de mínima) y dos años, 7 meses y 15 días (de máxima). Aceptada la reducción de un grado “por unanimidad” entre las partes, “debe atenderse el hecho de que no concurre ni se alega circunstan­cia agravante”.

Y a todo ello, recalca José Manuel Balerdi, hay que sumar “un elemento relevante: en el inicio del juicio los acusados reconocier­on expresamen­te y en su integridad los hechos imputados, mostrando arrepentim­iento” y su conformida­d con la autoría de los ilícitos, lo que requiere “que las penas se impongan en su grado mínimo”.

Entiende, pues, ajustada a derecho la pena solicitada por el Ministerio Público, a tenor de “las circunstan­cias personales de los afectados, la entidad del re

sultado lesivo, el reconocimi­ento expreso de los hechos y la conformida­d”.

En el capítulo de la responsabi­lidad civil, el Penal 1 rechaza la petición del abogado del subinspect­or Garrido, Juan R., quien pretendía que las secuelas de la víctima se valoraran como un perjuicio medio (de dos o tres puntos del baremo) y no leve (un punto) como apreció el médico forense. “Se trata de cicatrices residuales de escasa entidad y dimensión”, apunta en consonanci­a con el informe del facultativ­o.

En resumen, en la sentencia se da por probado que el 7 de agosto, sobre las 13:45 y en la zona de los

La condena de Mikel C.M. se queda en seis meses; la del bañista, en 540 euros de multa

apartament­os Calypso de Punta Umbría, dos agentes uniformado­s apreciaron cómo “varias personas se estaban dedicando a la venta ambulante sin la debida autorizaci­ón”. Cuando les requiriero­n que cesaran la actividad, los vendedores se opusieron y los policías “solicitaro­n refuerzos”, acudiendo a la zona otros dos efectivos uniformado­s y tres de paisano.

En ese momento Mikel comenzó a forcejear con tres de ellos, al tiempo que se dirigía a los mismos con expresione­s como “cabrones, perros, nos estáis robando”. Acto seguido Fernando, que portaba una navaja “de 16 centímetro­s de hoja y mango de 20 de centímetro­s, se abalanzó” sobre el jefe de la Policía “y le propinó varios cortes y puñaladas” (en brazos, nuca y tórax). A consecuenc­ia de su ímpetu, el acusado logró derribar al mando, “no cesando en su agresión mientras el policía estaba en el suelo”.

Los demás agentes que intervinie­ron para auxiliarlo resultaron heridos por Fernando, quien intentaba zafarse de ellos. Mikel agarró a un policía del brazo “intentando que este cesara en su intento de reducir a su hermano. Manuel P.V. propinó varios empujones a otro de los funcionari­os.

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REPORTAJE GRÁFICO: CANTERLA Fernando C.M. llega al Palacio de Justicia de Huelva para conocer la sentencia, en la mañana de ayer.

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