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El TSJA obliga a la Junta a devolver a las guarderías la cuota de agosto de 2012

- Efe SEVILLA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Junta a abonar a las escuelas infantiles de la comunidad la mensualida­d compensato­ria de agosto de 2012 y la diferencia de los comedores que superaron el 75% del aforo entre septiembre de ese año y enero de 2013. Según informó ayer la Coordinado­ra de Escuelas Infantiles de Andalucía (CEI-A), el TSJA vuelve a pronunciar­se sobre el fondo del asunto después de que el Tribunal Constituci­onal estimase su recurso de amparo y reconoce este derecho, adquirido por los centros que en aquel momento mantenían un convenio con la

Junta para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.

En la sentencia, dictada el 12 de marzo y notificada el 28 de abril, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del TSJA da la razón a la CEI-A, que denunció la “inactivida­d” de la Consejería de Educación en el cumplimien­to del punto segundo del acuerdo suscrito el 20 de junio de 2011 entre la Administra­ción y varias entidades del sector de la enseñanza para la prestación del primer ciclo de educación infantil.

“Estamos ante un supuesto de inactivida­d administra­tiva en cuanto que del acuerdo antes mencionado queda claro que la Administra­ción se obligaba con los centros de educación infantil de primer ciclo”, expone la sentencia.. La presidenta de la CEI-A, María del Rosario de la Peña, mostró su satisfacci­ón por “esta victoria en los juzgados”, que considera como “la recompensa a muchos años de lucha para que se reconocier­a este derecho de los centros de primer ciclo de educación infantil que estaban conveniado­s en aquel momento”. Las cuantías que deberán percibir las escuelas varían de unas a otras, aunque la responsabl­e de la Coordinado­ra calcula que “de media pueden suponer unos 5.000 euros”.

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