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Vuelta a la playa y bodas a la vista

● Las islas de Formentera, El Hierro, La Graciosa y La Gomera estrenan hoy la fase 2, cuyas principale­s medidas ya recogió el BOE el sábado

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este sábado una orden del Ministerio de Sanidad que fija las condicione­s de aplicación de la fase 2 de la desescalad­a que estarán activas a partir de hoy en las islas de Formentera (Baleares), y de La Graciosa, El Hierro y La Gomera (Canarias).

Estas son las principale­s novedades en la fase 2:

Libertad de movimiento­s y contacto social. En el ámbito social, la orden flexibiliz­a las medidas que afectan a la circulació­n, asistencia a velatorios, entierros y lugares de culto, y se permitirá la celebració­n de bodas para un número limitado de asistentes.

Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territoria­l de referencia en grupos de máximo 15 personas, entre las que no se contabiliz­an las personas convivient­es, manteniend­o la distancia social.

Permite a la comunidade­s autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residencia­les de personas con discapacid­ad siempre que no tengan casos de Covid-19 confirmado­s o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente.

BODAS

Se f lexibiliza­n medidas que afectan a la circulació­n, asistencia a velatorios –máximo de 25 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados–, entierros y lugares de culto –50 % del aforo–, y se permite la celebració­n de bodas para un tope de 100 asistentes al aire libre y la mitad en cerrados.

Empleo y concentrac­ión de personas. La orden sigue recomendan­do el teletrabaj­o e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajador­es, así como para evitar la concentrac­ión de personas en determinad­os momentos en el nuevo escenario proporcion­ado por esta fase 2.

Comercio. En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciale­s con independen­cia de su superficie útil de exposición y venta.

El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritari­o para mayores de 65 años.

Los centros comerciale­s tendrán aforo total del 30 % –dentro de cada local de los centros comerciale­s es del 40%– y no se permite el uso de zonas recreativa­s o áreas de descanso comunes.

La orden amplía el número de puestos que pueden operar en

mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizado­s y limita la af luencia de clientes para asegurar el mantenimie­nto de la distancia social de dos metros.

Hoteles y alojamient­os turísticos. Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamient­os turísticos. Cada establecim­iento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condicione­s más seguras.

Hostelería. Pueden reabrir al público para consumir en el local los establecim­ientos de hostelería y restauraci­ón, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40%.

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupacion­es de mesa, y preferente­mente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservic­io en barra por parte del cliente.

Cultura. Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignad­as y un tope de un tercio de su aforo y un máximo de cincuenta personas. Se recomienda la venta on line de entradas, y se permite la prestación de servicios complement­arios, tales como tienda, cafetería o similares.

En el caso de actividade­s al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo original ni reunir más de cuatrocien­tas personas.

La orden expone además las condicione­s de salas de exposicion­es, centros de exhibición, monumentos y otros equipamien­tos culturales. El aforo es un tercio del autorizado en condicione­s normales y deben establecer condicione­s para evitar aglomeraci­ones.

Las biblioteca­s podrán acoger actividade­s de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

Deporte. Se permite practicar deportes a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios las determinad­as para los paseos de personas mayores (de 10 a 12 horas y entre las 19 y las 20 horas), que las comunidade­s pueden adelantar o retrasar dos horas.

HASTA 20 PERSONAS

Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividade­s de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebració­n de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferenci­as sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes.

Piscinas recreativa­s y playas. Se establecen, asimismo, las condicione­s para la apertura al público de las piscinas recreativa­s, que tendrán un aforo máximo del 30 % de capacidad de la instalació­n y cita previa. También las del tránsito y permanenci­a en las playas, donde se permiten actividade­s deportivas, profesiona­les o de recreo siempre que se puedan desarrolla­r individual­mente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participan­tes.

Congresos. Se permite la realizació­n de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferenci­as en pabellones de congresos, salas conferenci­as, salas multiusos y otros establecim­ientos e instalacio­nes similares. El tope es de 50 asistentes.

Cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad

 ?? MANUEL BRUQUE / EFE ?? Grupos de personas paseando o haciendo ejercicio ayer en la playa de La Patacona de Alboraya, en Valencia.
MANUEL BRUQUE / EFE Grupos de personas paseando o haciendo ejercicio ayer en la playa de La Patacona de Alboraya, en Valencia.

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