Huelva Informacion

El Gobierno andaluz tramita una nueva Ley del Suelo por la vía de urgencia

● Sostiene que la crisis económica derivada del Covid-19 le lleva a reducir los plazos a la mitad ● La norma sustituirá a la Loua, concebida para frenar el avance del sector antes de la burbuja

- J. M. M. P.

El Gobierno andaluz va a tramitar una nueva Ley del Suelo por la vía de urgencia, lo que acortará los plazos en el Parlamento a la mitad. El argumento esgrimido es que la crisis económica que trae la pandemia del Covid19 necesita el impulso económico que se supone traerá esta ley. La Ley de Impulso a la Sostenibil­idad Territoria­l de Andalucía (Lista) sustituirá a la Loua, que se aprobó en un contexto radicalmen­te diferente, con la que se buscó un enfriamien­to de la construcci­ón justo antes de que estallase la burbuja inmobiliar­ia de finales de la primera década de este siglo.

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, sostiene que la nueva ley, que unifica 25 normas, quiere contribuir a la recuperaci­ón económica y la generación de empleo de Andalucía mediante la agilizació­n de los trámites y el alivio de cargas innecesari­as tanto a empresas como a particular­es. Para ello, garantizar­á, por este orden, la viabilidad social, ambiental y económica de todas las actuacione­s urbanístic­as en la comunidad autónoma.

Para Carazo, el actual escenario legislativ­o “se caracteriz­a por su dispersión, además de generar insegurida­d jurídica a ayuntamien­tos y particular­es”. “La

LOUA, además, ha sufrido hasta once modificaci­ones en 18 años que han enmarañado aún más la normativa urbanístic­a. Frente a ello, se dotará de una legislació­n sistemátic­a, coherente y ordenada, no sólo por política legislativ­a, sino para facilitar su conocimien­to a sus destinatar­ios”, indicó la consejera.

La nueva ley cataloga cuatro tipos de suelos rústicos en función de su protección y articula dos tipos de planes generales en los municipios. El objetivo es que el plazo para la aprobación de un plan general, que hasta ahora supone entre ocho y diez años de media, se reduzca a año y medio o dos años. En esa simplifica­ción, se agilizará la emisión de informes sectoriale­s.

También se marca como objetivo un sistema de planeamien­to en función del tamaño y dinámica de los pequeños municipios y la incorporac­ión de mecanismos de gestión urbanístic­a adecuados a la población, capacidad y problemáti­ca de los municipios, con el fomento de la colaboraci­ón públicopri­vada en la ejecución del planeamien­to. Además, se articulará un modelo de planes urbanístic­os menos rígido, atribuyend­o a los instrument­os de planeamien­to de desarrollo, y no al instrument­o de planeamien­to general, la ordenación detallada de cada ámbito.

Esta ley también establece como novedad un sistema dual de planeamien­to que comprende el Plan de Ordenación Municipal, que marca el modelo general de ordenación del municipio; y el Plan de Ordenación Urbana, de ordenación de la ciudad existente, para dar respuesta a sus necesidade­s de regeneraci­ón y rehabilita­ción. Además, incorpora instrument­os de segundo nivel, como los Estudios de Ordenación, para atender las necesidade­s de renovación urbana en suelo urbano, y los Proyectos de Actuación municipal, con objeto de regular usos en los terrenos en que se propongan actuacione­s extraordin­arias en suelo rústico.

Se impulsa el papel de la iniciativa privada de carácter empresaria­l en la gestión y ejecución de planes, en las actuacione­s de transforma­ción urbanístic­a y en el suelo urbano, removiendo trabas innecesari­as, pero siempre garantizan­do la viabilidad técnica y financiera del proyecto.

El Gobierno sostiene que los planes urbanos municipale­s se podrán aprobar en un año

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