ElSupremo avala la pensión de viudedad a un hombre casado por el rito gitano
El TSJA consideró que existían documentos públicos que acreditaban la convivencia de la pareja
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la Seguridad Social y ha dado firmeza a la sentencia anterior que reconoció el derecho a cobrar una pensión de viudedad a un hombre que acreditó tener una relación homóloga al matrimonio con su pareja, a la que se unió por el rito gitano.
El Supremo ha inadmitido por falta de contradicción el recurso de casación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia que reconocía el derecho a la pensión del demandante. La Seguridad Social recurrió un dictamen del TSJA que consideraba que, aunque en el Libro de Familia constaba que ambos estaban solteros, existían otros documentos públicos que acreditaban la convivencia como matrimonio de la pareja.