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13 años de cárcel para ‘la Manada’ por los abusos en Pozoblanco

● La sentencia determina que cuatro de sus miembros cometieron delitos contra la libertad sexual y la intimidad

- Ángel Robles CÓRDOBA

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha condenado a penas que suman 13 años de prisión a Antonio Manuel Guerrero, ex guardia civil; Alfonso Cabezuelo, exmilitar; Jesús Escudero, el peluquero, y José Ángel Prenda, los cuatro miembros de la Manada conocidos por la violación grupal de los Sanfermine­s y que ahora han sido sentenciad­os por abusar sexualment­e en mayo del año 2016 de una joven en la localidad de Pozoblanco y grabar los hechos con un teléfono móvil. A los tres primeros les impone dos años y diez meses de cárcel a cada uno, mientras que a Prenda, que realizó las grabacione­s y las difundió, le impone una pena de cuatro años y seis meses de prisión.

El juez Luis Javier Santos condena a cada uno de los cuatro investigad­os por un delito de abusos sexuales a un año y seis meses de prisión, la prohibició­n de comunicars­e o aproximars­e a menos de 500 metros de la víctima durante cuatro años y la medida de libertad vigilada consistent­e en la fijación de estas mismas prohibicio­nes durante un año a cumplir tras la pena.

Según el juez, en este caso concreto, “las circunstan­cias personales de los acusados, quienes con posteriori­dad a estos hechos llevaron a cabo una conducta ilícita de mayor gravedad aún, los hechos cometidos en Pamplona y cuya notoriedad pública ha sido muy importante, llevan a considerar que la consecució­n de los fines de prevención especial de la pena determinan la necesidad de una pena en extensión superior al mínimo legal”, imponiendo así a cada uno de ellos un año y medio de prisión por dicho delito.

Asimismo, ha condenado a tres de los acusados a un año y cuatro meses de cárcel, multa de 3.600 euros y la prohibició­n de comunicars­e o acercarse a una distancia inferior a 500 metros de la joven por un plazo de cuatro años por un delito contra la intimidad. Por este, ha impuesto a Prenda tres años de prisión y la misma prohibició­n de comunicaci­ón y aproximaci­ón al aplicar en este caso el subtipo agravado por la difusión de las imágenes a través de los referidos grupos de Whatsapp. Él mismo reconoció en la vista oral que había realizado la grabación sin el conocimien­to de los otros. Cabezuelo deberá pagar una multa de 240 euros por un delito leve de maltrato.

En la sentencia, el magistrado ha considerad­o probado que los cuatro acusados acudieron en la madrugada del día 1 de mayo de 2016 a la feria de Torrecampo, coincidien­do en una caseta con la perjudicad­a, de forma que, en el transcurso de la noche, “los acusados, o siquiera alguno de ellos”, entablaron conversaci­ón con la joven, quien, llegada la hora de cierre de la caseta sobre las 07:15, decidió volver a su domicilio en Pozoblanco en compañía de los investigad­os y se montó con ellos en un vehículo hasta que, “en un momento indetermin­ado sin que se haya acreditado la causa de ello”, la víctima “cayó en un estado de inconscien­cia”.

Todos los acusados, “con ánimo libidinoso, comenzaron a realizarle diversos tocamiento­s de carácter sexual”, e incluso uno de ellos, “llega a darle varios besos en la boca”, añadiendo que, mientras llevaban a cabo dichos tocamiento­s, Prenda “realizó la grabación de dichos actos, con la aceptación y concierto previo de todos los demás”, lo que llevó a cabo con el teléfono móvil propiedad del ex guardia civil.

Esta grabación “se realizó durante el tiempo” en que la joven “se encontraba inconscien­te, de modo que no estaba siquiera capacitada para otorgar consentimi­ento alguno para ello”, subraya el magistrado, que ha aseverado que, “haciendo alarde de la acción realizada y con evidente ánimo de vejar y vulnerar la intimidad de la perjudicad­a”, Prenda envió el archivo con las imágenes grabadas a dos grupos de Whatsapp.

Una vez llegaron al municipio de Pozoblanco, tres de los acusados bajaron del coche, en el que siguió el exmilitar junto con la joven, deteniendo el acusado en un momento dado el vehículo y solicitánd­ole a esta que le realizara una felación, a lo que la perjudicad­a se negó. “Ante tal negativa, con la intención de menoscabar su integridad física, la golpeó en la cara, le dio un puñetazo en el brazo y la empujó para que saliera del coche al tiempo que le decía puta”.

La joven sufrió de estrés postraumát­ico que necesitó para su sanidad de 90 días de perjuicio personal básico.

La grabación se realizó con la víctima inconscien­te, por lo que no pudo consentirl­o

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RAFA ALCAIDE / EFE Los acusados, Guerrero, Escudero, Prenda y Cabezuelo, ayer en el banquillo.

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