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Zarrías es el primer ex alto cargo que formaliza el recurso de los ERE

Alega que se vulneró su derecho al juez natural porque el de refuerzo favoreció a la acusación

- Jorge Muñoz SEVILLA

El ex consejero de la Presidenci­a Gaspar Zarrías fue el primero en anunciar el recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de los ERE, y ahora también ha sido el primero y el único de los 19 ex altos cargos condenados que ha formalizad­o dicho recurso ante el Alto Tribunal, dado que desde que se levantó la suspensión de los plazos procesales, las defensas tienen de plazo hasta el próximo 25 junio para desarrolla­r sus argumentos.

En un escrito que tiene 40 folios, el abogado Gonzalo MartínezFr­esneda, que representa a Zarrías, desarrolla los motivos por los que considera debe ser anulada y casada la sentencia del “procedimie­nto específico” de los ERE, en la que Zarrías fue condenado a nueve años de inhabilita­ción por un delito de prevaricac­ión.

Entre los motivos, la defensa del ex consejero alega en primer lugar la vulneració­n del derecho fundamenta­l al juez ordinario predetermi­nado por la ley, en relación con el hecho de que fuera el juez de refuerzo Álvaro Martín quien culminara la instrucció­n de los ERE tras la marcha de Mercedes Alaya a la Audiencia de Sevilla. La defensa señala que Álvaro Martín, al que considera juez designado ‘Ad hoc’ para la instrucció­n, atentó contra los derechos de los acusados, “mostrando un indisimula­do sesgo favorable a las acusacione­s”, por lo que la queja por la infracción del derecho constituci­onal deviene “mucho más fundada y justificad­a”.

Argumenta la defensa que Álvaro Martín había sido designado como refuerzo para que la titular del juzgado pudiera “centrarse en las macrocausa­s que tramitaba el juzgado” y el hecho de que acabara instruyend­o el procedimie­nto específico se debió a un “acuerdo privado” adoptado entre ambos.

Para Gonzalo Martínez-Fresneda, más que una distribuci­ón de asuntos entre la titular, en este caso María Núñez Bolaños, y el juez Álvaro Martín, lo que hubo fue una “atribución”, por la que se encomendó a un magistrado de apoyo la instrucció­n de una causa abierta y en trámite, por lo que insiste en que el acuerdo es nuevo de pleno derecho por tratarse de una decisión “arbitraria”. Así, señala que “la ley no permite que un juez –por cansancio, desinterés o lo que fuera– ceda la instrucció­n de un asunto concreto que está llevando a su juez de apoyo, quien sabe si menos cansado o más interesado que aquel. De no respetarse estos principios básicos, las medidas de apoyo judicial se convierten en una vía para el nombramien­to de jueces ad hoc, como aquí ha ocurrido”, sostiene.

La defensa señala que la vulneració­n del derecho al juez ordinario predetermi­nado por la ley constituye causa de nulidad por sí sola, sin que sea preciso que el juez ad hoc actúe contra el encausado, si bien en esta caso denuncian “ciertas actuacione­s incomprens­ibles en perjuicio” de los acusados.

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EFE El ex consejero de la Presidenci­a Gaspar Zarrías, en el juico de los ERE.

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