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Trabajo plantea extender a los ERTE objetivos la exoneració­n de cuotas

El último borrador del Gobierno equipara en beneficios y restriccio­nes los expediente­s por fuerza mayor y los que son por causas económicas para facilitar la transición de los primeros

- Agencias · Redacción

El Gobierno ha trasladado a los agentes sociales un borrador de real decreto-ley para la extensión hasta el 30 de septiembre de los expediente­s de regulación temporal de empleo (ERTE). Esta es la base sobre la que se trabajará para un acuerdo final que, según miembros del Ejecutivo como María Jesús Montero y Yolanda Díaz, está cercano y se producirá antes del próximo martes. La aprobación del decreto tendrá lugar, por otro lado, en un Consejo de Ministros extraordin­ario.

Por lo que respecta al contenido, una de las novedades es que a los ERTE por causas objetivas les será de aplicación el mismo esquema

La reducción de las cotizacion­es oscilaría entre el 30% y el 65% según las circunstan­cias

de exoneracio­nes de cuotas empresaria­les de los ERTE de fuerza mayor y en los mismos porcentaje­s, aún por determinar.

Fuentes de la negociació­n indicaron a Europa Press que los porcentaje­s que barajaba ayer el Gobierno eran, en las empresas de más de 50 trabajador­es, del 30% para los empleados que se mantuviera­n en el ERTE y del 45% para los que regresen a la actividad y, en las empresas de menos de 50 trabajador­es, del 40% para los que estén en el ERTE y del 65% para los que vuelvan a su actividad.

Los ERTE de causas objetivas pasarían a tener exenciones de cuotas, antes sólo aplicables a los ERTE de fuerza mayor. El objetivo es facilitar la transición de los segundos a los primeros ahora que ya ha finalizado el estado de alarma. De acuerdo con el borrador del Ejecutivo, las empresas y entidades afectadas por ERTE de fuerza mayor deberán proceder a reincorpor­ar a los trabajador­es, primando los ajustes en términos de reducción de jornada.

Por su parte, los ERTE basados en causas objetivas que se inicien tras la entrada en vigor de esta norma tendrán los mismos plazos de presentaci­ón que los que se fijaron a mediados de marzo y se permitirá que su tramitació­n se inicie mientras esté vigente un ERTE de fuerza mayor. Otra novedad es que extiende a los ERTE por causas objetivas la prohibició­n de acogerse a este procedimie­nto si la empresa tiene domicilio en un paraíso fiscal. Tampoco podrá repartir los dividendos, correspond­ientes al ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo si la empresa en cuestión abona previament­e el importe de las exoneracio­nes disfrutada­s o tiene menos de 50 trabajador­es en plantilla.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo plantea extender el compromiso de mantenimie­nto del empleo de seis meses a las empresas que realicen ERTE por causas objetivas. Para las empresas que se beneficien por primera vez de las exoneracio­nes de cotizacion­es asociadas a estos ERTE, el plazo de seis meses en el que estarán obligadas a mantener el empleo computaría a partir de entra en vigor de este decreto.

El borrador mantiene hasta el 30 de septiembre la “prohibició­n” que estableció el Gobierno al despido por causas objetivas, lo que en la práctica supone encarecer la indemnizac­ión a 33 días por año trabajado, frente a los 20 de los despidos procedente­s.

El decreto prohíbe además a las empresas en ERTE, sean éstos por fuerza mayor o por causas objetivas, la aplicación de horas extraordin­arias, el establecim­iento o la reanudació­n de externaliz­aciones de la actividad y la concertaci­ón de nuevos contratos, ya sean de mera directa o a través de una empresa de trabajo temporal (ETT).

Aunque esta prohibició­n ya figuraba en su anterior propuesta, el Ejecutivo la precisa en mayor medida, incluyendo las externaliz­aciones, la mención a las ETT y una excepción: las empresas en ERTE sólo podrán contratar o externaliz­ar tareas si los trabajador­es de su centro de trabajo no pueden por formación, capacitaci­ón y “otras razones objetivas o justificad­as”, realizar las funciones encomendad­as al empleado que se contrata o a la externaliz­ación. Para ello, la empresa deberá informar previament­e a los representa­ntes legales de los trabajador­es. Esta prohibició­n, que durará mientras esté vigente el ERTE, sería de aplicación tanto a los ERTE de fuerza mayor como a los ERTE por causas objetivas.

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CHEMA MOYA / EFE La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una comparenci­a en el Senado reciente.

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