Huelva Informacion

COMPASIÓN POR EL OKUPA

- TACHO RUFINO @TachoRufin­o

ALGUIEN que ocupa una casa ajena debe ser inmediatam­ente desalojado y puesto a disposició­n de la Justicia, cuya condena debe disuadir estos delitos, y no hacerlos jugosos para el infractor. Pero no es así. Porque a diferencia copernican­a con el trato judicial de otros delitos patrimonia­les, ocupar una casa ajena –de quien sea, debe darnos igual: es su propiedad– sale gratis, o casi. Además, suele ir unido al robo de los suministro­s de agua y luz. Ruego a los peritos juristas que permitan lo naif de este enfoque sin ánimo de invadir sus campos del saber ni sus vericuetos. Pero como afirmaba algún filósofo vago: “Lo que es, es”. Los continuos anuncios de alarmas tienen mucho o casi todo que ver con una flagrante laxitud legal en este asunto que, a su vez, arrastra a las decisiones judiciales, ya con la togada espalda pegada a la pared, y el corazón latiendo de compasión y solidarida­d (con las cosas de otros, todo un clásico).

La palanca de la tolerancia con el abuso de una ocupación sin intimidaci­ón y violencia de una vivienda es que tal ocupación es un delito leve, menor, en nuestro sistema normativo, que en este asunto peca de una tibieza que tiene no poco de hipócrita, es decir, de compasión barata con quien es un desposeído social, a quien se tolera en la práctica –a él, sí– desposeer a un inocente desavisado. Un ocupador que aprovecha la farisaica condena de la mano del humanitari­smo de un juez con respecto al uso de la casa (a la de otro, claro: si se tratara, por ejemplo, de la casa del pueblo de la madre quien entiende del caso quizá su indulgenci­a en la condena sería menor). No se puede sin embargo culpabiliz­ar a los jueces, sino a una ley que permite –mejor dicho, establece– que se castigue al ocupador a pagar tres euros diarios durante tres meses. Y sin tener que abandonar el inmueble ocupado delictivam­ente de forma inmediata, sino hasta que haya sentencia, recurso, etc., o sea, meses o años, aunque existan posibles ejecucione­s cautelares que no suelen tomarse: otro terreno legal etéreo entre la abulia, la tibieza y la flagrante injusticia. Es exactament­e igual que si a usted le roban un bolso, detienen al ladrón, lo sueltan a la espera de juicio… pero le dejan el bolso hasta entonces. Inevitable acordarse del chiste: “Queda usted absuelto de los cargos de robo del coche por falta de pruebas” , “Entonces, ¿me puedo quedar con el coche, señor juez?”. Urge hacer política para hacer efectivo el derecho a la vivienda, pero mientras tanto urge asegurar que no se la roben –llámenlo como quieran– a quien la tiene legalmente.

Las leyes españolas arrastran a los jueces a la tibieza ante un delito flagrante

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