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El Supremo cierra la puerta a la semilibert­ad de los presos del ‘procés’

● El Alto Tribunal valora la gravedad de la pena y la insistenci­a de los reclusos en repetir el delito de sedición, por lo que rechazará el tercer grado que les concedió la Generalita­t

- EP MADRID

El Tribunal Supremo (TS) seguirá deliberand­o la semana próxima sobre el tercer grado penitencia­rio que la Generalita­t de Cataluña concedió a los nueve líderes independen­tistas condenados por sedición en el juicio del procés, un asunto que ha generado una treintena de recursos tanto de Fiscalía como de los condenados. No obstante, valora rechazar estos últimos en consonanci­a con el criterio del Ministerio Público,según han señalado a Europa Press fuentes de este órgano.

La deliberaci­ón lleva su tiempo porque además del número de recursos, de los que el pasado jueves no se llegó a entrar apenas en cinco, los magistrado­s deben adoptar una postura sobre el régimen de semilibert­ad que se les trató de aplicar por la vía del artículo 100.2 del régimen penitencia­rio.

Las medidas no llegaron a hacerse realidad para la mayor parte de los líderes independen­tistas, ya que quedaron en suspenso tras los respectivo­s recursos interpuest­os por el Ministerio Público, con excepción del 100.2 para Carme Forcadell y Dolors Bassa.

Los seis magistrado­s que integraron el tribunal del caso –todos menos Luciano Varela, ya jubilado– se inclinan, según las mismas fuentes, por acoger el criterio adoptado por la Fiscalía tanto en instancias catalanas como en sus escritos al Supremo, en los que se argumenta que la progresión al tercer grado de los condenados por el procés es prematura porque producen el “menoscabo de los fines esenciales de la pena” y transmite a la sociedad la sensación de “impunidad”. En cuanto al 100.2, la Fiscalía alega que se asemejaría a un “tercer grado encubierto”.

También critica el Ministerio público el “goteo cronológic­amente medido” de este tipo de decisiones de semilibert­ad adoptadas con respecto a todos los condenados en el corto espacio entre el 13 de febrero al 5 de marzo pasados.

Alude igualmente al hecho de que se pretendan aplicar con el cumplimien­to efectivo de una parte poco significat­iva de las penas impuestas –en muchos de los casos, ni siquiera cumplida la cuarta parte–; a la gravedad de los delitos cometidos y a la constataci­ón de que “la mayoría no reconoce la comisión delictiva y no asume su responsabi­lidad”.

Decía incluso la Fiscalía que “el margen de discrecion­alidad administra­tiva que implica el principio de flexibilid­ad en su regulación actual es patente, y puede convertirs­e en un peligroso cauce para eludir el cumplimien­to de las decisiones judiciales”.

El alto número de recursos se explica porque cada una de las decisiones adoptadas por las autoridade­s penitencia­rias catalanas por cada uno de los condenados fue recurrida por la Fiscalía y, tras quedar en suspenso, esta circunstan­cia fue recurrida a su vez ante el alto tribunal por cada una de las defensas.

La Fiscalía del Tribunal Supremo recurrió el pasado mes de agosto ante el alto tribunal el tercer grado que la juez de vigilancia penitencia­ria número 5 de Cataluña avaló con respecto al ex vicepresid­ente y líder de ERC, Oriol Junqueras; los ex consellers Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Joaquim Forn; el ex presidente de la ANC y dirigente de JxCat, Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

Tras ello, la juez dejó el tercer grado en suspenso hasta que el Supremo resolviera de manera definitiva la concesión de esta clasificac­ión, por lo que estos siete condenados no han podido salir de prisión.

Solamente Carme Forcadell y Dolors Bassa han salido por ahora de la prisión

 ?? EMILIO NARANJO / EFER / ARCHIVO ?? Los doce líderes independen­tistas acusados por el proceso soberanist­a catalán que derivó en el 1-O, durante el juicio en el Tribunal Supremo.
EMILIO NARANJO / EFER / ARCHIVO Los doce líderes independen­tistas acusados por el proceso soberanist­a catalán que derivó en el 1-O, durante el juicio en el Tribunal Supremo.

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