La mascarilla es obligatoria al aire libre aunque haya distancia de seguridad
La medida, que incluye playas y piscinas, ya estaba en vigor en todo el país desde junio con las legislaciones autonómicas y ahora se ha materializado en una norma nacional
La obligación de llevar mascarilla aun manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros en la vía pública y en espacios al aire libre, algo ya de aplicación práctica en toda España, entra oficialmente hoy en vigor tras la publicación, ayer en el BOE, de la ley de nueva normalidad. Esto incluye la obligatoriedad de tener puesta la mascarilla en espacios como las playas y las piscinas.
Es una norma que ya se cumplía en la vida cotidiana por la entrada en vigor de diferentes normas autonómicas que habían eliminado esa distancia de seguridad y obligaban a portar mascarilla fuera cual fuera la distancia personal.
En este sentido, la ministra portavoz, María Jesús Montero, anunció ayer que, en su reunión de hoy, el Consejo Interterritorial de Salud repasará los preceptos de la norma por si fuera preciso matizar alguno de ellos. Lo dijo Montero en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que insistió en que el decreto ley que posteriormente ha sido tramitado y aprobado como proyecto de ley se promulgó antes del verano para dar cobertura judicial a la desescalada.
La Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid fue aprobada el pasado 18 de marzo por el pleno del Congreso tras la luz verde del Senado, donde se introdujo una enmienda –del PSOE– que fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad.
El texto que llegó a la Cámara Alta y que no se modificó previamente en el Congreso procede de un decreto aprobado en junio de 2020 que ya recogía que las personas de más de 6 años quedan obligadas al uso de las mascarillas en distintos supuestos. En concreto “en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros”.
Con la enmienda introducida en el Senado, la parte final de la redacción del texto relativa a la distancia de seguridad se suprimió, con lo que el uso de la mascarilla es obligatorio aun si puede mantenerse la distancia de 1,5 metros.
La motivación de la enmienda argumentaba que “con la evidencia reciente sobre transmisión del SARS-CoV-2 por aerosoles, el uso de mascarillas no puede quedar supeditado a no poder garantizar la distancia de 1,5 metros”.
“En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público”, indica la redacción final de la ley publicada en el BOE.
La ley no ha sufrido modificación respecto al texto inicial en cuanto al uso de las mascarillas en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los turismos no son convivientes.
Sí se modifica en el caso de las cubiertas y espacios exteriores de los buques y embarcaciones, donde el uso de la mascarilla pasa a ser obligatorio, algo que ya incluía la enmienda aprobada en el Senado y ratificad por el Congreso. La obligatoriedad no es aplicable a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela.