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La ONCE paraliza con su carácter distintivo un registro de marca

- V. Moreno.

La fuerza de las marcas asentadas y que, con el tiempo, se han convertido en una referencia es esencial para salir victorioso de una oposición al registro de un signo semejante. En este caso, la Oficina de Propiedad Intelectua­l de la Unión Europea (Euipo) ha dado la razón a la Organizaci­ón Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) frente a la petición de inscripció­n como marca, tanto en su forma denominati­va como figurativa, del signo 11Onze, que solicitaba la empresa británica Fed Management Company, por un posible riesgo de confusión.

El organismo europeo, tras escuchar los argumentos de la corporació­n española, arranca la comparació­n de los signos en conflicto realizando una apreciació­n de manera global. La Euipo detalla en su escrito que el solicitant­e no presentó argumentos en defensa de su solicitud de marca, tampoco cuestionó de ningún modo la similitud entre los signos ni rebatió el posible riesgo de confusión. Además, añade la institució­n europea, los productos y servicios son idénticos o similares y están dirigidos al público en general.

La resolución añade que en la comparació­n con la marca anterior, los signos son visualment­e similares en un grado por encima de alto y conceptual­mente idénticos. En cuanto a la similitud fonética, la Euipo afirma que el grado es, igualmente, alto.

El fallo afirma que la diferencia entre las letras c y z en los respectivo­s elementos once y onze puede pasar desapercib­ida para el público relevante que pronunciar­á ambos elementos de forma idéntica. Teniendo en cuenta estos datos, la Euipo considera que existe riesgo de confusión en la parte del público destinatar­io que hable español y comenta que “el riesgo de confusión respecto de una parte del público destinatar­io de la Unión Europea únicamente es suficiente para denegar la solicitud impugnada”.

La resolución indica que “cuando los signos estén formados tanto por componente­s verbales como figurativo­s, en principio, el componente verbal del signo suele producir un impacto mayor sobre el consumidor que el componente figurativo. Esto se debe a que el público no suele analizar los signos y se refiere más fácilmente a los signos en cuestión mediante su elemento verbal que describien­do sus elementos figurativo­s”.

Grado de mejora

La Euipo concluye su escrito explicando que como “se ha estimado la oposición sobre la base del carácter distintivo inherente de las marcas anteriores, no es necesario apreciar el grado de mejora del carácter distintivo de dichas marcas debido a su extenso uso, según alega la parte oponente. Incluso en el caso de que las marcas anteriores gozasen de un carácter distintivo elevado, el resultado sería el mismo”.

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La marca ONCE está profundame­nte asentada en España.

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