Gestión de los derechos de autor
Más allá de los derechos exclusivos que controla el productor, están los derechos de gestión colectiva que, por imperativo legal, son administrados por entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual e imponen a los usuarios de una obra protegida –las plataformas– la obligación de pago de la remuneración que proceda. Respecto a los pódcast, dado que la vía a través de la cual se puede llevar a cabo su explotación es la comunicación pública a través de su puesta a disposición en Internet, y según lo que se define en la Ley de Propiedad Intelectual, los únicos derechos de gestión colectiva obligatoria que estarían presentes son los de remuneración equitativa a actores, intérpretes y ejecutantes que se definen en el artículo 108.3 de la normativa de propiedad intelectual.