Muy graves
El deber de comunicación si hay indicios o certeza de un hecho u operación relacionado con el blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (BC/FT).
La obligación de colaboración con requerimiento escrito de la comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias.
La prohibición de revelación o del deber de reserva.
La resistencia u obstrucción a la labor inspectora si hay requerimiento.
La obligación de adoptar medidas correctoras por requerimiento del comité permanente.
La comisión de una infracción grave cuando durante los cinco años anteriores hubiera sanción firme administrativa por infracción similar.
Las medidas de suspensión.