Así invierten los fondos en los despachos
La entrada de capital riesgo en el accionariado de un bufete es poco habitual ya que en el sector legal prima la autonomía del socio.
El pasado mes de septiembre arrancó con un movimiento poco habitual en el sector legal. Oakley Capital se hacía con más de un 60% de vLex,
start up legal fundada hace 20 años por los hermanos Lluís y Ángel Faus que da acceso a casi dos millones de usuarios a contenido jurídico. De esta manera, el curso profesional arrancaba con una gestora de capital riesgo entrando en el accionariado de una compañía legal, cuya pata tecnológica y su experiencia a la hora de financiarse con fondos tenía mucho que ver en el éxito de este movimiento.
Y es que la abogacía tradicional, y en concreto los despachos de abogados, no son empresas que se prodiguen en la vía del private equity para ganar músculo financiero. “Una sociedad de servicios profesionales, en la que el accionariado esté compuesto por los mismos socios, comporta una mayor autonomía y capacidad de decisión sobre la estrategia del negocio y la hoja de ruta de la organización”, explica sobre la poca querencia de los bufetes a diluir su accionariado Jorge Ferrer Barreiro, socio de finReg360.
Según afirman fuentes del sector, la realidad es que los servicios de abogados se rigen por normas económicas especiales y distintas del resto de servicios y de empresas de producto. Algunos ponen como ejemplo a Slater & Gordon, la primera firma de abogados del mundo en cotizar en Bolsa que suspendió su cotización por el desplome de sus acciones.
Sociatura
“Se trata de un sector en el que se están haciendo las cosas muy bien y que muestra resultados consistentes y rentabilidades altas. No obstante, permitir entrar en el accionariado a un fondo puede desencadenar conflictos de intereses entre los clientes, el mercado y la propia firma”, explica Ferrer.
Por otro lado, la elección de la fórmula de la sociatura es la más indicada para repartir dividendos a los socios que trabajan en ella, pero choca frontalmente con el retorno a un inversor externo, donde la junta de accionistas revisa con lupa la política salarial. Y esto, en un contexto inflacionista de los salarios de los abogados no es lo más atractivo para el socio mercantilista.
“Uno de los motivos principales de esos posibles conflictos es que estos fondos, por su propia naturaleza, requieren obtener rentabilidades para sus inversores en un plazo mucho más corto que el tiempo necesario para el correcto desarrollo de un despacho”, aclara el socio de Finreg360. Además, esto puede provocar, llegado el momento de devolver la inversión, la toma de decisiones desde una perspectiva estrictamente financiera.
No hay que olvidar, no obstante, que el principal activo de los despachos es el de sus propios profesionales que los componen y que, cuanto más cohesionados y menos rotación tienen los equipos, el valor al cliente es mayor. “Los socios preferimos mantener el control del negocio y evitar esos conflictos que, llegado el caso, podrían desalinear los intereses de los inversores con los de la propia firma y sus clientes”, apunta Ferrer.
Especialización
Por otro lado, la mayor parte de los despachos que cuentan con capital privado externo en su accionariado no se dedican al derecho de los negocios al ser un sector en el que el valor de la acción puede desplomarse si se va el socio con la mejor cartera de clientes del despacho. Por eso, firmas con
Reclamador, Legálitas o Eskariam son las que, por norma general, han atraído al capital riesgo, al menos en nuestro país, al trabajar por volumen y por ofrecer servicios más estandarizados.
En este ámbito también entran la estructura de las legaltech. Estas firmas necesitan
Permitir la entrada de un fondo puede desencadenar un conflicto de interés en el cliente
La mayoría de los bufetes financiados por capital privado no se dedican a los negocios
una inversión inicial normalmente mayor que los despachos, dado que su activo principal es un servicio o producto basado en la tecnología y que tienen un tiempo de maduración mayor. “Los bufetes se basan, incorporen o no tecnología, en el capital humano y pueden generar ingresos y ser sostenibles desde los inicios sin una inversión fuerte en capital”, aclara Ferrer.
En este punto, cabría preguntarse, en qué momento una firma legal se puede plantear la entrada de un socio capitalista en su sociatura. “Por ejemplo, en el caso de que se quiera afrontar una gran inversión para digitalizar o automatizar procesos de manera intensiva, o internacionalizar el despacho, ya que expandir el negocio a otras jurisdicciones requiere de una inversión muy importante”, añade el experto.
No obstante, el impulso de la digitalización en los últimos años, arrastrada por la pandemia del Covid-19, ha influido notablemente en que el private equity haya puesto el foco en las legaltech y se hayan disparado las inversiones en ellas. No obstante, los expertos dan su recomendación por si alguien se está planteando dar entrada a fondos para acometer inversiones. “Creemos que es mejor acotarlas al desarrollo de un producto o servicio concreto de forma que los intereses de la firma y sus clientes no se vean comprometidos en el largo plazo”, asegura Ferrer.
Financiar pleitos
Más allá de entrar al corazón del bufete vía accionariado, muchas gestoras compran carteras de pleitos a los despachos. “Lo más habitual es encontrar fondos alemanes e ingleses que financian litigios con procedimientos complejos y de grandes cuantías”, aclara Manuel Romera, profesor de IE Business School.
El experto señala además que los inversores buscan un retorno cercano al 30% del litigio, pleito o arbitraje, que se suelen concentrar, al menos en España, en cuestiones de competencia.