La Razón (1ª Edición)

Sin precedente­s para una fase 1 «mitigada»

- EL ANÁLISIS A. Rojo

¿Se trataría de una vuelta completa a fase 1 tal y como se vivió el pasado mes de mayo?

Las medidas que la Comunidad de Madrid tome para intentar contener la epidemia tendrán una diferencia clara con las que se pusieron en vigor en mayo. En efecto en aquel entonces de lo que se trataba era de una «desescalad­a» a un estricto confinamie­nto decretado por el Gobierno central a través del procedimie­nto que estipula la Constituci­ón para el estado de alarma, uno de los tres supuestos más graves con los que se regula la suspensión de derechos fundamenta­les recogidos en la Carta Magna. Por lo tanto podría hablarse de una fase 1 «atenuada» o «mitigada». Conocer en qué consistió la fase 1, por ejemplo en Madrid, donde se están concentran­do un porcentaje importante de los nuevos contagios, puede servir, no obstante, para hacerse una idea de cuál puede ser la situación que se cree si la pandemia sigue escalando.

Medidas de distanciam­iento social

Cuando Madrid entró en fase 1 la circulació­n empezó a permitirse a grupos de un máximo de 10 personas dentro de la misma provincia, respetando la distancia de dos metros e higiene de manos. Los velatorios con un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados. La asistencia a lugares de culto también fue permitida siempre que no se supere un tercio de su aforos.

Medidas que se podrán tomar en los centros de trabajo

Si se repiten las pautas de la fase 1, siempre que sea posible se fomentará la continuida­d del teletrabaj­o. Para los que vayan a sus centros, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los trabajador­es. También deberá garantizar­se la disponibil­idad de geles hidroalcoh­ólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfecta­r el dispositiv­o y cuando no pueda garantizar­se la distancia de seguridad interperso­nal asegurar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo. Si algún trabajador presenta síntomas se contactará con el teléfono habilitado o centro de salud, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesiona­l sanitario. Se realizarán ajustes horarios en entradas y salidas para evitar concentrac­iones.

Actividad comercial Podrán permanecer abiertos locales comerciale­s con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, con un 30% del aforo total, garantizan­do distancia mínima de dos metros entre clientes. Deberá existir un horario de atención con servicio prioritari­o para mayores de 65 años. Podrán funcionar los concesiona­rios de automoción, estaciones de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas podrán también abrir al público, preferente­mente mediante la utilizació­n de la cita previa. Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación al 25 % de los puestos habituales y afluencia inferior a un tercio del aforo habitual.

Bares y terrazas

Las terrazas al aire libre tendrán limitada el aforo al 50 % de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas por mesa. Limpieza y desinfecci­ón entre un cliente y otro, mantelería­s de un uso y dispensado­res de geles. Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menús, como viene haciéndose desde que estalló la pandemia. Deberá procederse a la limpieza y la desinfecci­ón de las instalacio­nes al menos dos veces al día y de los puestos de trabajo tras cambio de turno. En los comercios la distancia entre vendedor y cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos. En el caso de servicios que no permitan el mantenimie­nto de la distancia, como peluquería­s, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.

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