La Audiencia de Palma deniega el tercer grado a Urdangarín
Esgrime «alarma social» y que no ha cumplido la mitad de la pena
Iñaki Urdangarín seguirá en segundo grado penitenciario. La Audiencia Provincial de Baleares acordó ayer revocar el tercer grado al marido de la Infanta Cristina, que cumple una condena de cinco años y 10 meses por el «caso Nóos» en la cárcel abulense de Brieva desde junio de 2018. El tribunal estima así los recursos interpuestos por la Fiscalía contra la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid, que le concedió la progresión de grado, lo que le permitía hacer su vida cotidiana fuera del centro penitenciario y volver a dormir de lunes a jueves, y la posibilidad de salir de prisión un fin de semana al mes.
Los magistrados esgrimen, como la Fiscalía, la «alarma social» que generaría su semilibertad y el hecho de que no haya cumplido aún la mitad de la condena.
La Sala también rechaza la aplicación del 100.2 al no apreciar que su aislamiento le provoque «afectación psicológica»
que la aplicación del régimen de semilibertad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario se justifique por las consecuencias psicológicas del aislamiento
La Sala admite que «cuenta con factores positivos y de adaptación», como «la antigüedad de los hechos delictivos», su ingreso voluntario en prisión, su entorno familiar, hábitos laborales, su «motivación favorable al desarrollo personal», una buena conducta penitenciaria y el uso de los permisos de salida. Pero también añade como «variables a considerar» la «alarma social, la comisión de un delito que exige un elevado grado de planificación, el tiempo de condena pendiente de cumplimiento y el no cumplimiento de la mitad» de la pena.
Se trata de un interno, subrayan los magistrados, «que cumple un total de algo más de cinco años de prisión por la comisión de delitos de prevaricación, contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias y fraude». Y añade que de su conducta no se desprende «una evolución suficientemente favorable».
En un segundo auto, la Sala descarta en el que se encuentra, dado que no les consta informe alguno que certifique que su situación de aislamiento le provoque una «afectación psicológica».