Recursos contra el fallo de Meirás pese al «no» del Estado
En contra del criterio del Estado, que ha decidido no recurrir la sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial de La Coruña que obliga al Estado a indemnizar a los Franco por el Pazo de Meirás, la alcaldesa de la ciudad, Inés Rey, ha anunciado que el Ayuntamiento sí presentará un recurso de casación. Se trata de una decisión que se conoció después después de que la Diputación coruñesa y el Ayuntamiento de Sada, donde se encuentra la finca en litigio, también apelarán el fallo que declara a los herederos de Franco poseedores «de buena fe». La regidora coruñesa matizó que entienden que la sentencia es «susceptible de ser recurrida» y aseveró que «el compromiso del Ayuntamiento de A Coruña es firme», igual que el del Consistorio de Sada y el de la Diputación.
los posicionamientos procesales de todas las partes», aclaró Rey, quien añadió que, sin embargo, es «complicado de entender y explicar esa parte de la sentencia donde se habla de esa posesión de buena fe» y, sobre todo, «esa obligación de indemnizar a quien no era legítimo dueño de ese Pazo». Por lo tanto, añadió, los servicios jurídicos municipales ya están trabajando en ese recurso de casación.
Con el paso dado por la Diputación coruñesa y los ayuntamiento de Sada y La Coruña se rompe la unidad de acción institucional, política y social que llevó al Estado a presentar en julio de 2019 una demanda judicial reclamando la propiedad del Pazo de Meirás y ganar, un año después, el juicio con una sentencia del juzgado de Primera Instancia número uno de A Coruña.
Respecto a la intención del Con«respetamos sistorio coruñés de reclamar la titularidad de la Casa Cornide, Inés Rey señaló que, aunque son «cuestiones diferentes», les preocupaba «que quedara asentada esa sentencia sin agotar todas las vías de recurso posible».
La Abogacía del Estado rechazó apelar por «razones jurídicas», ya que la Audiencia desestimó las pruebas aportadas para demostrar la «mala fe» de los Franco, por lo que un recurso de casación al Tribunal Supremo resulta inviable al no poder hacerse una «revisión probatoria».