Dos magistradas no ven motivos para condenarle por malversación
► Defienden que el expresidente andaluz incurrió en un «exceso de confianza»
Según dos de las magistradas integrantes del tribunal, Ana María Ferrer y Susana Polo, José Antonio Griñán y los otros cuatro cuatro condenados por malversación malversación ajenos a la Consejería de Empleo ( Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Jesús Rodríguez y Miguel Ángel Serrano) Serrano) no han debido ser condenados condenados por este delito al ser ajenos completamente al departamento departamento que distribuía las ayudas.
Aunque coinciden con los otros tres miembros del tribunal en que cometieron un delito de prevaricación al incurrir en un «sistema ilegal de asignación presupuestaria» para «agilizar» la concesión de las ayudas y afrontar así la situación de crisis económica, precisan que no participaron en la distribución y reparto del importe de las subvenciones subvenciones «en favor de personas y empresas que carecían de derecho derecho a ellas».
Ninguno de ellos, aseguran, «intervino en esos actos fraudulentos fraudulentos del tramo final de la ejecución ejecución del presupuesto, ni tampoco tampoco tuvo conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la
Consejería de Empleo», pese a lo cual, lamentan las dos magistradas, magistradas, se les ha condenado por malversación «sin base probatoria probatoria para ello», por lo que se habría habría vulnerado su derecho fundamental fundamental a la presunción de inocencia.
De hecho, sostienen que Griñán Griñán y el resto de acusados pertenecientes pertenecientes a otras consejerías distintas de la de Empleo incurrieron incurrieron en «un exceso de confianza» confianza» en relación a sus compañeros compañeros de otros departamentos, lo que en ningún caso les puede hacer partícipes del delito de malversación cometido.
Las dos magistradas reprochan reprochan a sus compañeros lo que consideran ausencia de prueba sólida para concluir que con su conducta, Griñán y los otros cuando condenados por malversación malversación que no formaban parte parte de la Consejería de Empleo «asumieron la eventualidad de que terceras personas ejecutaran ejecutaran los actos malversadores y no hicieron nada por evitarlos».
Con esas premisas, consideran consideran «lacónica» e «inmotivada» la fundamentación jurídica que esgrime la mayoría del tribunal para condenarlos por ese delito, delito, que tildan de «meras especulaciones».