¿Qué pasa si no voy al trabajo por la nieve?
¿Qué pasa si no puedo acudir a mi puesto de trabajo por la borrasca Filomena?
No es una cuestión que esté expresamente regulada en la ley, explica Sergio Herrero, abogado de Legálitas. «La ley regula la fuerza mayor empresarial, que es cuando el empresario no puede proporcionar trabajo al trabajador», añade. Este sería el caso de las empresas que se hayan visto obligadas a cerrar por el temporal. En estos casos, la empresa se acoge a una causa de fuerza mayor, como lo ha sido la actual pandemia. Sin embargo, si su compañía permanece abierta y es usted quien no puede acudir a su puesto, el Estatuto de los Trabajadores no lo regula expresamente.
¿Me pueden sancionar?
«Sí que está regulado en jurisprudencia en materia de sanciones. Lo que no puede hacer la empresa es sancionarte por no ir a tu puesto de trabajo si está acreditada la fuerza mayor», explica el abogado.
¿Tengo que recuperar las horas perdidas?
Hay que recuperarlas y la forma de hacerlo dependerá del convenio colectivo o del acuerdo entre trabajador y empresa. «Es una ausencia justificada, pero no retribuida», añade Herrero. El abogado laboralista explica que, en los casos en los que sea posible, una vía sería el teletrabajo. El anteproyecto de ley del teletrabajo «sí que se preveía la posibilidad de un teletrabajo ocasional cuando existían causas de fuerza mayor familiar». Sin embargo, «eso no se llevó a la ley», añade. Por lo que, en definitiva, la forma de recuperar las horas se decidirá en una negociación.
¿Me pueden descontar un día de vacaciones por no ir a trabajar?
No sería legal. «La ley dice que las vacaciones no pueden compensarse con dinero».