Estrasburgo revisa el recurso hoy por el fallo de Atristain
► La AVT avisa del peligro de otra «doctrina Parot» por el etarra que denunció un proceso injusto
La cita de Justicia española este lunes lunes en Estrasburgo no es menor. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos Humanos (TEDH) revisa un recurso que la Abogacía del Estado interpuso interpuso en contra de una sentencia que ordenó la excarcelación del etarra Xavier Atristain por vulneración del derecho a un proceso justo. Las asociaciones asociaciones de víctimas se han preocupado preocupado por si la aplicación de este fallo europeo termina en una salida salida masiva de presos terroristas, pero el Gobierno asegura que esto no será así, incluso, aunque la decisión decisión de hoy no sea favorable. Se trata de un caso concreto referente a un episodio entre abogado y acusado, acusado, explican fuentes del Ministerio Ministerio de Justicia, y no de una enmienda enmienda a la totalidad sobre la prisión incomunicada
Para empezar por el principio hay que remontarse a la detención de Atristain en Francia en 2010. Una vez en España fue puesto en libertad condicional, pero nueve días después la Guardia Civil lo detuvo otra vez y el juez ordenó su incomunicación durante cinco días. Algo que prevé la Ley española española en casos extremos –como este supuesto de terrorismo– y que consiste en que en ese plazo no puede tener abogado de su elección, elección, sino uno de oficio y ni puede comunicarse con nadie.
Aquí está el quid de la cuestión. El pasado 18 de enero, el TEDH consideró consideró vulnerados los derechos de Atristain en este periodo en base al Convenio Europeo de Derechos Humanos (artículos 1 y 3) porque no tuvo un acceso justo a su abogado. abogado. Anuló la sentencia del Tribunal Supremo que lo había condenado a 17 años de cárcel por pertenencia a banda terrorista y tenencia de armas armas y obligó al Estado español a indemnizarlo con 20.000 euros por daños morales y costas.
La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) advirtió de la gravedad gravedad del asunto porque podría producirse una segunda «doctrina Parot » si esta sentencia adquiría firmeza y se aplicaba a más casos de etarras. Si Estrasburgo pone en tela de juicio la prisión incomunicada incomunicada que se ha aplicado en tantos casos en los que los etarras no pueden pueden acceder a un abogado de su elección, el número de peticionarios peticionarios para salir de la cárcel podría ser masivo. Pero la Abogacía del Estado lo ve de un color diferente: el TEDH no discute este apartado de la normativa normativa española, sino que se centra en un hecho muy concreto del caso de Atristain.
Según exponen los jueces de Estrasburgo, Estrasburgo, en la segunda de las declaraciones declaraciones que el etarra hizo ante la Guardia Civil surgieron problemas problemas con el abogado de oficio que no llegó a plasmar su firma en el atestado. «Los tribunales no tuvieron tuvieron en cuenta el hecho de que el solicitante hizo una nueva declaración declaración a pesar de la oposición de su representante legal, quien fue presente presente e indicó su oposición a la nueva nueva entrevista y se negó a firmar su acuerdo», relata la sentencia. « La equidad de los procedimientos requiere que un acusado sea capaz de obtener toda la gama de servicios servicios específicamente asociados con legal asistencia». Fue precisamente precisamente esta segunda declaración auto-incriminatoria de la que le Policía sacó más datos y encontró pruebas sólidas para ir contra el etarra. Y es por esto («la Corte vuelve vuelve a subrayar la importancia de la etapa de la investigación para la preparación del proceso penal») que el Tribunal consideró que el juicio no estuvo impregnado de todas las garantías.
Los servicios jurídicos del Gobierno Gobierno recurrieron in extremis este fallo y este lunes la Gran Sala decidirá decidirá si revisa esta impugnación o no lo hace. Las posibilidades son escasas, escasas, reconocen en Justicia donde han prosperado menos de cinco de la veintena de recursos interpuestos al TEDH. Pero aunque la sentencia de Atristain adquiriera firmeza se muestran esperanzados con la idea de que esto no cambie tanto en la jurisprudencia española. Primero porque en 2015, después precisamente precisamente de lo sucedido con «Parot» se modificó la ley para aplicar las sentencias que vienen de Estrasburgo. Estrasburgo. De forma que ya no se hace de forma automática, hay un tiempo tiempo para que los que crean que sus derechos hayan sido vulnerados interpongan recursos de revisión. Cada caso se vería uno a uno, dicen en Justicia, y sería de aquí a futuro porque todos aquellos con situaciones situaciones similares que no recurrieran en su momento están fuera del plazo de cuatro meses que contempla la ley. No obstante, la línea es muy delgada, aseguran en las asociaciones asociaciones de víctimas, e incluso difusa para los propios juristas.
Si el fallo adquiere firmeza la última palabra sobre la aplicación la tendrá la Sala Segunda del Tribunal Tribunal Supremo que, en todo caso, puede adoptar otras medidas que no sean anular directamente la sentencia. Por ejemplo, como sucedió sucedió en el caso de Arnaldo Otegui que resolvieron ordenando repetir el juicio.