El TEDH confirma una condena a España y agita el temor de las víctimas
► Estrasburgo considera vulnerados los derechos de Atristain y deja en el aire posibles excarcelaciones de más etarras
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó ayer, como ya preveía el Ministerio de Justicia, el recurso que presentó la Abogacía del Estado contra la sentencia sentencia de Estrasburgo que condenó condenó a España por haber vulnerado el derecho a un proceso justo al etarra Xavier Atristain. El fallo pasa a ser firme. Las asociaciones de víctimas habían dado la voz de alarma por si esto se traducía en una excarcelación masiva como sucedió con la «doctrina Parot », pero fuentes del Ministerio de Justicia Justicia aseguran que no se aplicará de forma automática a casos similares, similares, sino que habrá que ver caso por caso.
El recurso de los servicios jurídicos jurídicos del Gobierno no ha pasado el primer filtro este lunes que decidía decidía si el tema lo veía la Gran Sala en Estrasburgo. El porcentaje de recursos que prosperan es tan pequeño pequeño que Justicia no tenía muchas muchas esperanzas, así que tendrá que indemnizar a Atristain con 20.000 euros. La condena se produjo produjo el pasado 18 de enero cuando el TEDH creyó vulnerados los derechos derechos del etarra que había sido condenado por el Tribunal Supremo Supremo a 17 años de cárcel por pertenencia pertenencia a banda terrorista y tenencia tenencia de armas.
El asunto en disputa nace en las dependencias de la Guardia Civil en 2010 cuando el terrorista fue detenido y pasó a prisión incomunicada. incomunicada. Una figura que contempla la ley para casos excepcionales - como este de terrorismo- y que consiste en que en el plazo máximo máximo de cinco días el acusado no puede tener un abogado de su elección (sí a uno de oficio), ni hablar hablar con él antes de la declaración, ni comunicarse con nadie en ese periodo. La Asociación de Víctimas Víctimas del Terrorismo (AVT) -que la semana pasada se reunió con el secretario de Estado de Justicia preocupados por este asunto- advirtió advirtió de que la sentencia podría terminar en excarcelaciones masivas. masivas. Si de la lectura del fallo europeo europeo se extraía que la prisión incomunicada incomunicada por el hecho de no haber accedido a su abogado había había vulnerado los derechos de Atristain, la avalancha de peticionarios peticionarios de presos de ETA podría ser mayúscula.
En Justicia señalan que nada de eso. Defienden que se trata de un caso concreto en el que no se permitió permitió el acceso al abogado y que, de revisarse esta situación, debería debería hacerse caso a caso.
Este lunes se reunió el Panel de la Gran Sala del tribunal para discutir discutir si admitía un total de siete recursos entre los que se incluía el recurso de España. En caso de que los jueces hubieran dado el sí la resolución final podría haberse demorado hasta un año. La negativa negativa a estudiar siquiera el recurso sitúa la pelota en el tejado del Tribunal Tribunal Supremo que tendrá que decidir ahora qué hace con Atristain Atristain quien está ya en libertad.
Las dudas se expanden hasta dónde afecta esta condena, si pone en jaque la prisión incomunicada. incomunicada. « Los tribunales no tuvieron tuvieron en cuenta el hecho de que el solicitante hizo una nueva declaración declaración a pesar de la oposición de su representante legal, quien estuvo estuvo presente e indicó su oposición oposición a la nueva entrevista y se negó a firmar su acuerdo», relataron los jueces europeos.
En cualquier caso, en 2015, después después precisamente de lo sucedido con «Parot» se modificó la ley para aplicar las sentencias que vienen de Estrasburgo. De forma que ya no se hace automáticamente, hay un tiempo para que los que crean que sus derechos hayan sido vulnerados vulnerados interpongan recursos de revisión. Cada caso se vería uno a uno, dicen en Justicia, y sería de aquí a futuro porque todos aquellos aquellos con situaciones similares que no recurrieran en su momento están fuera del plazo de cuatro meses que contempla la norma.