El juez de los ERE no perdona ni un procesamiento a Rivera
► El ex director general de Trabajo de la Junta apunta a un nuevo juicio por las ayudas a Springer Arteferro
El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha procesado a cinco personas en la pieza separada de la macrocausa de los ERE centrada en las presuntas irregularidades de las ayudas de al menos 3.466.088,53 euros que la Junta de Andalucía concedió a Springer Arteferro, empresa dedicada a la fabricación de mobiliario y objetos objetos de decoración. Entre los procesados procesados figura Daniel Alberto Rivera, Rivera, ex director general de Trabajo, quien a cambio de librarse librarse del juicio en la pieza política está siendo procesado en casi todas todas las piezas relativas a ayudas concedidas durante su mandato.
Además de Rivera, los otros investigados investigados en esta pieza separada del caso ERE son dos responsables de la empresa que recibió las ayudas, ayudas, el ex secretario general de la Federación Minerometalúrgica de CC OO Andalucía Manuel Roberto Roberto Carmona y un directivo de la mediadora Uniter. Y en calidad de responsables civiles subsidiarias aparecen Springer Arteferro, CC OO de Industria, Confederación Confederación Sindical de CC OO y Confederación Confederación Sindical de CC OO-A, según consta en el auto, fechado el 10 de mayo y firmado por José Ignacio Vilaplana, el juez de refuerzo refuerzo que lleva los casos ERE. Los presuntos delitos investigados son los de prevaricación, malversación malversación y falsedad documental.
Al contrario que Rivera, se libran del procesamiento el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exviceconsejero Agustín Barberá y los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero –ya fallecido– y Juan Márquez. Todos Todos esquivan este juicio porque ya fueron juzgados en la pieza política. política. Según el juez, esas circunstancias circunstancias « no concurren» en Rivera «por la sencilla razón de que no ha sido enjuiciado en la causa del denominado denominado procedimiento específico». específico». Por tanto, «debe depurarse la posible responsabilidad penal en que hubiese incurrido en cada una de las piezas incoadas para la investigación de las ayudas concretas concretas en cuyo pago hubiese intervenido». intervenido». Esa es la cruz de Rivera.
En el caso de las ayudas a Springer, Springer, añade el instructor, hay «sólidos «sólidos indicios» de que durante su mandato «se concedieron y realizaron, realizaron, de manera injusta y arbitraria,
Un exsecretario de la Federación Minerometalúrgica de CC OO-A es otro de los investigados
La empresa obtuvo 3,4 millones que en realidad se dedicaron a su proceso de viabilidad, dice el juez
arbitraria, diversos pagos de ayudas y subvenciones ilícitas». En el auto, facilitado por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Vilaplana concreta que estas ayudas fueron «facilitadas» «facilitadas» entre 2004 y 2010.
El objeto de estos fondos era «fundamentalmente el pago de las indemnizaciones por despido de 28 socios cooperativistas afectados» afectados» por dos ERE mediante la financiación financiación de un seguro de rentas. El juez relata que, vinculado a uno de los ERE, se formalizó una póliza póliza de seguro colectivo de rentas de prejubilación para once extrabajadores extrabajadores de la empresa con una determinada aseguradora figurando figurando como tomador, «sin justificación justificación alguna para ello», la Federación Federación Minero-Metalúrgica de CC OO. De esa póliza presuntamente presuntamente se benefició un ‘intruso’, una persona que no trabajaba en la empresa.
Según asevera el magistrado, «los fondos públicos fueron comprometidos comprometidos y dispuestos bajo el supuesto y ficticio camuflaje de ayudas excepcionales sociolaborales sociolaborales individuales» cuando lo que ocurrió «en puridad» fue que se mandaron fondos para «financiar el proceso de viabilidad y reestructuración reestructuración empresarial» de una empresa empresa privada. A eso añade el juez «las injustificadas coberturas y condiciones de las pólizas, así como la discrecional selección de la aseguradora y la mediadora».
« En definitiva y en todo caso», prosigue Vilaplana, «se habría producido una abusiva y arbitraria disposición de fondos públicos». Y después, fiel a un párrafo que no falta en ningún auto de procesamiento procesamiento del caso ERE que se precie, infiere que estas ayudas «carecerían «carecerían de objeto definido y concreto, se llevaron a efecto de forma injusta injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido».