La Razón (Andalucía)

El Supremo prevé revisar los indultos del «procés» a partir de junio

► La Sección Quinta de lo Contencios­o revertirá su decisión y concluirá que PP, Vox y Cs pueden recurrir la decisión del Gobierno

- Ricardo Coarasa.

Los indultos del «procés», que el Gobierno de Pedro Sánchez concedió concedió en contra del criterio del Tribunal Tribunal Supremo y de la Fiscalía, pasarán previsible­mente un nuevo filtro judicial. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo Contencios­o-Administra­tivo del alto tribunal –la misma que dio carpetazo a los recursos de PP, Vox y Ciudadanos al entender, por un solo voto, que no estaban legitimado­s para impugnar esa decisión– decisión– rectificar­á su posición.

Lo hará con una nueva composició­n composició­n (su presidente, Octavio Herrero, Herrero, y la magistrada Ángeles Huet no pertenecía­n entonces a esa sección) sección) que, según las fuentes consultada­s, consultada­s, revertirá la decisión adoptada en enero cuando tenga que pronunciar­se sobre los recursos, recursos, 67 en total (incluidos los de las formacione­s políticas reseñadas), interpuest­os contra esa negativa a entrar en el fondo del asunto.

Ya entonces, dos de los magistrado­s magistrado­s –Wenceslao Olea y Fernando Fernando Román– se mostraron disconform­es disconform­es con que se zanjara «abruptamen­te» el proceso al estimar estimar las alegacione­s previas de la Abogacía del Estado, en representa­ción representa­ción del Gobierno, con el argumento argumento de que los recurrente­s no estaban legitimado­s para cuestionar cuestionar ante la Justicia los indultos al no tener un interés directo y específico específico en la medida de gracia. Ahora, Ahora, según fuentes de la Sala de lo Contencios­o, a esa opinión se unirá unirá Ángeles Huet, que «es partidaria de que estos asuntos se decidan en sentencia, y no en un auto de inadmisión».

« No se trata de ventilar si los indultos indultos son legales o no –recalcan esas mismas fuentes–, sino de si se puede liquidar el asunto en un auto de inadmisión por falta de legitimida­d de los recurrente­s y no en una sentencia tras estudiar el fondo del asunto y los argumentos de las partes».

Eso es, precisamen­te, lo que sucederá sucederá según esas mismas fuentes cuando la Sección Quinta resuelva la catarata de recursos de formacione­s formacione­s políticas, asociacion­es dispares dispares y particular­es, dando vía libre, libre, ahora sí, a la tramitació­n de los recursos. Un procedimie­nto que había sufrido un parón por la recusación de Huet por parte de la Fundación Catalana de L’Esplai (Fundesplai), que como informó El Mundo fue rechazada por La Sala. Esa resolución, sin embargo, aún no está totalmente redactada, por lo que hay que esperar a que se notifique a las partes, lo que previsible­mente sucederá a finales finales de esta semana.

A partir de ese momento, empezará empezará a contar el plazo de veinte días (hábiles) de los que dispone la Sala para resolver los recursos. Y según las fuentes consultada­s, pese a la carga de trabajo que arrastra el tribunal, al tratarse de un asunto de relevancia que, además, ya lleva lleva un tiempo sobre la mesa, habrá decisión en junio, segurament­e sin necesidad de que se agoten los plazos.

Si, como parece, la Sección Quinta da vía libre a los recursos, la Abogacía del Estado tendrá entonces entonces 15 días de plazo para presentar presentar sus alegacione­s a las demandas demandas de los recurrente­s, PP, Vox y Cs entre ellos. Los Servicios Jurídicos Jurídicos del Estado deberán desgranar desgranar toda su batería de argumentos para defender la legalidad de los recursos y la existencia de los presupuest­os presupuest­os necesarios para otorgar la medida de gracia a los condenados condenados a penas de prisión en la sentencia del «procés».

Ya con las alegacione­s de la Abogacía Abogacía del Estados sobre la mesa, la Sala abrirá un mes para practicar la prueba propuesta por las partes en sus recursos, tras lo cual recurrente­s recurrente­s y el Gobierno, a través de los Servicios Jurídicos del Estado, presentará­n presentará­n sus conclusion­es finales que precederán a la sentencia que dictaminar­á si los indultos parciales parciales fueron conforme a derecho.

El Ejecutivo defendió que privar de la medida de gracia a los líderes independen­tistas suponía «un claro obstáculo para la normalizac­ión normalizac­ión de las relaciones entre las institucio­nes catalanas y el Estado, así como un escollo para la superación superación del conflicto». El indulto, defendió el Gobierno, era una herramient­a herramient­a para «facilitar un clima habitable para ir avanzando en soluciones».

El PP, por ejemplo, justificó su interés directo en el asunto por «la violencia ambiental» contra sus cargos públicos, afiliados y simpatizan­tes simpatizan­tes «promovida y favorecida por los condenados», que se tradujo tradujo en escraches y ataques a sus sedes. Pero la Sala no lo entendió así y concluyó que se trataba de «hechos ajenos a la condena por los delitos de sedición y malversaci­ón», malversaci­ón», que constituía «el objeto del perdón».

Pese a la que la Sección Quinta cortó de raíz esos recursos al no reconocer legitimaci­ón para cuestionar cuestionar esa decisión a ninguno de los recurrente­s, los dos magistrado­s magistrado­s disconform­es con la misma defendiero­n que únicamente podía podía acordarse si esa falta de legitimaci­ón legitimaci­ón era «manifiesta» y «evidente», «evidente», lo que en su opinión no sucede respecto a PP, Vox, Cs y el ex delegado del Gobierno en Cataluña Cataluña Enric Millo.

Para los dos magistrado­s, los delitos cometidos por los indultados indultados para conseguir la independen­cia independen­cia « no afectaron solo a una persona o a un grupo reducido de personas en el ámbito de Cataluña», Cataluña», sino «a todos y cada uno de los ciudadanos españoles, en cuanto titulares de la soberanía nacional, por más que los hechos se desarrolla­ran en el territorio de esa comunidad autónoma». De ahí que, insistiero­n, los recursos tengan «una especial trascenden­cia trascenden­cia en todos los órdenes» que en su opinión resulta incompatib­le con un «desproporc­ionado rechazo rechazo anticipado» de su tramitació­n al negar a quienes los impulsaron la capacidad para recurrir la medida medida de gracia.

Dos magistrado­s se mostraron entonces disconform­es con que se zanjara de forma «abrupta» el proceso

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EP Los políticos independen­tistas, tras ser indultados

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