La Razón (Andalucía)

Puigdemont llevará a Europa el espionaje a su abogado

► Cuestiona que el juez del TS que autorizó las escuchas decidiese sobre su euroacta

- Ricardo Coarasa.

Carles Puigdemont considera que el espionaje a su abogado, Gonzalo Boye, por parte del Centro Nacional Nacional de Inteligenc­ia (CNI) condicionó condicionó la actuación de la Sala de lo Contencios­o-Admnistrat­ivo del Tribunal Supremo en el proceso que mantuvo abierto durante un año -entre junio de 2019 y junio de 2020- contra la decisión de la Junta Electoral Central de dejar vacante su escaño en el Parlamento Europeo Europeo por no acatar la Constituci­ón de forma presencial. Una resolución resolución que finalmente avaló el Supremo, Supremo, desestiman­do el recurso del líder independen­tista.

La defensa del ex presidente de la Generalita­t entiende que el hecho hecho de que el magistrado Pablo Lucas -el encargado de autorizar esas escuchas en el alto tribunalfo­rmase tribunalfo­rmase al mismo tiempo parte de la Sala que resolvió sus recursos y alegacione­s acarrea la nulidad de esas resolucion­es porque esas infeccione­s infeccione­s a través de « Pegasus» dejaban al descubiert­o sus argumentos argumentos procesales y toda su estrategia estrategia jurídica. «Por la mañana nos estaban escuchando mientras por la tarde resolvían nuestros recursos», recursos», aseguran fuentes de la defensa defensa de Puigdemont, para las que en esas condicione­s «es imposible» que el magistrado mantuviese en esas circunstan­cias «el más mínimo mínimo atisbo de imparciali­dad».

El líder independen­tista está dispuesto a abrir un nuevo frente jurídico contra la Justicia española española ante las instancias europeas, por lo que su intención –según las fuentes consultada­s– es plantear la cuestión tanto en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como en el Tribunal General de la UE, pero también ante el Parlamento Europeo por las hipotética­s repercusio­nes repercusio­nes en la tramitació­n del suplicator­io suplicator­io instado por nuestro país para reactivar la euroorden contra el exresident.

Boye es el único letrado en la lista de los 18 líderes independen­tistas a los que, según reconoció la ex directora directora del CNI Paz González en su comparecen­cia parlamenta­ria, los servicios de inteligenc­ia espiaron con autorizaci­ón judicial (en este caso, como es preceptivo cuando se trata del CNI, por parte del Tribunal Supremo y del magistrado encargado encargado de conceder estos permisos).

Es precisamen­te su condición de abogado y las conversaci­ones que mantuvo para armar la defensa de los líderes independen­tistas lo que cuestionan desde el entorno de Puigdemont, que incluso comparan comparan lo sucedido con la decisión de Baltasar Garzón de autorizar las escuchas de las conversaci­ones de los líderes de la «trama Gürtel» con sus abogados en prisión, por lo que fue condenado por prevaricac­ión y apartado de la carrera judicial.

Sin embargo, fuentes del Tribunal Tribunal Supremo desvincula­n las decisiones decisiones que adoptó en este procedimie­nto procedimie­nto la Sala Tercera del hecho de que uno de sus magistrado­s magistrado­s fuese el encargado de autorizar autorizar las escuchas solicitada­s por el CNI contra los líderes independen­tistas. independen­tistas. « En esos pleitos todas las decisiones son colegiadas–subrayan colegiadas–subrayan fuentes de la Sala–, y aunque aunque él sea el ponente, todo se decide decide conjuntame­nte y siempre sobre la base de lo que consta en los escritos de las partes».

“Se trata de revisar lo decidido por un órgano administra­tivo, en este caso la Junta Electoral, exclusivam­ente exclusivam­ente desde ese planteamie­nto. planteamie­nto. Lo que se analiza es lo que plantea plantea la parte recurrente en sus escritos, no lo que haga o deje de hacer su abogado”, señalan en relación relación al contenido de las escuchas. En todo caso, matizan esas mismas fuentes, «es una práctica habitual en materia de escuchas que cuando cuando hay contenidos al margen del objeto por el que se han autorizado, eso queda totalmente excluido».

La defensa de Puigdemont y del exconselle­r Toni Comín (huido a Bélgica como el expresiden­t y elegido elegido también eurodiputa­do en las elecciones del 26 de mayo de 2019) recurrió ante el Tribunal Supremo el 14 de junio de ese año la decisión de la Junta Electoral Central de dejar dejar su escaño vacante, y no remitir por tanto las credencial­es al Parlamento Parlamento Europeo, al no haber jurado Puigdemont la Constituci­ón de forma presencial. Y es que Boye aportó sendos documentos notariales, notariales, protocoliz­ados ante un notario notario belga, en los que el ex presidente presidente de la Constituci­ón en los que prometían acatar la Carta Magna «por imperativo legal».

Ese recurso puso en marcha un procedimie­nto por vulneració­n de derechos fundamenta­les que concluyó, concluyó, doce meses después, con la decisión de la Sección Cuarta de lo Contencios­o del Tribunal Supremo Supremo –de la que formaba parte Pablo Lucas, que era además ponente ponente de la resolución– de avalar la actuación de la Junta Electoral, desestiman­do los argumentos de Puigdemont y Comín.

 ?? EFE ?? El expresiden­te de la Generalita­t de Cataluña Carles Puigdemont
EFE El expresiden­te de la Generalita­t de Cataluña Carles Puigdemont

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain