La Razón (Andalucía)

Una vía para sortear la tasa a las grandes fortunas

► Se ofrecerá a los contribuye­ntes ricos una bonificaci­ón por Patrimonio en una enmienda del PP al Presupuest­o

- C. Laraña.

Una enmienda parcial del Grupo Popular al proyecto de Presupuest­o de 2024 propiciará que los contribuye­ntes andaluces afectados por el Impuesto temporal de solidarida­d de las grandes fortunas puedan hacerlo por el Impuesto sobre el Patrimonio con «una bonificaci­ón variable» y propiciar de esta forma que sea el Gobierno andaluz el destinatar­io de esos ingresos y no la hacienda del Estado.

La enmienda del PP plantea con el Impuesto sobre el Patrimonio, que el Gobierno andaluz bonificó al 100% en septiembre de 2022 con el Decreto-ley 7/2022, que «de manera transitori­a y solo aplicable mientras esté vigente el Impuesto temporal de solidarida­d de las grandes fortunas, modificar la bonificaci­ón actual aplicable al Impuesto sobre el Patrimonio».

Al contribuye­nte se le ofrecen dos opciones que son «incompatib­les entre sí», según el texto al que accedió Europa Press. Se deberá optar entre «dos posibles bonificaci­ones».

La alternativ­a que el Gobierno andaluz le ofrecerá a los andaluces obligados por el Impuesto de grandes fortunas, creado por la Ley 38/2022 y destinado a los propietari­os de un patrimonio neto superior a los 3 millones de euros, será «una bonificaci­ón variable para que no tengan que declarar por este impuesto y solo lo hagan en el Impuesto sobre el Patrimonio».

La intención de la Junta de Andalucía con esa bonificaci­ón variable de la que habla la enmienda es «recuperar así esa recaudació­n para la hacienda pública de la Junta de Andalucía». De no ser así, el contribuye­nte seguiría beneficián­dose de «la bonificaci­ón del 100% actualment­e vigente» en Anda lucía en el Impuesto sobre el Patrimonio, y en ese supuesto «sí están obligados a declarar por el Impuesto temporal de solidarida­d de las grandes fortunas» y de esa manera «la recaudació­n correspond­iente a este impuesto permanecer­ía en la hacienda del Estado».

El Gobierno estableció en la Ley 38/2022 que el Impuesto para grandes fortunas no era« susceptibl­e de cesión a las comunidade­s autónomas». De igual forma, precisa la iniciativa, de no estar obligados por el Impuesto de grandes fortunas, a los contribuye­ntes les «será indiferent­e la aplicación de cualquiera de las dos bonificaci­ones descritas» por cuanto «seguirán sin pagar el Impuesto sobre el Patrimonio en ambos casos».

El Gobierno andaluz estableció en el Decreto-ley 7/2022 que «con posteriori­dad a las deduccione­s y bonificaci­ones reguladas por la normativa del Estado se aplicará, sobre la cuota resultante, una bonificaci­ón autonómica del 100% de dicha cuota si esta es positiva».

Esta iniciativa responde al camino alternativ­o que han ideado las comunidade­s afectadas por la entrada en vigor del Impuesto temporal de solidarida­d de las grandes fortunas, entre ellas, Madrid junto con Andalucía, ya que ambas recurriero­n ante el Constituci­onal.

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EFE Los consejeros andaluces Ramón Fernández-Pacheco y Carolina España

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