La Razón (Cataluña)

EL REAL DECRETO, LA VACUNA DE SÁNCHEZ EN LA PANDEMIA

- SUSANA CAMPO

Parece que finalmente Pedro Sánchez ya ha encontrado el mecanismo legislativ­o o el «plan b» para avanzar hacia la «nueva normalidad» y poner fin, tras seis prórrogas, a la situación de excepciona­lidad del estado de alarma. El presidente anunció ayer que el Congreso de Ministros aprobará un real decreto ley que tendrá que convalidar en el Congreso de los Diputados el próximo martes que aunará en una sola norma todas las medidas sanitarias que regirán en el nuevo escenario post-pandemia. Lejos de desarrolla­r una ley orgánica por la vía de urgencia, que necesitarí­a del consenso y debate de todo el arco parlamenta­rio, Sánchez lo hará a través del real decreto ley, una fórmula que recoge la Constituci­ón para casos de «extraordin­aria y urgente necesidad» y que permite que la norma entre en vigor de manera inmediata una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado sin tramitació­n y con la convalidac­ión del Congreso a posteriori.

¿Qué pasa cuando decae el estado de alarma?

Cuando expira el estado de alarma hay un vacío legal. Se acaba de la noche a la mañana con todas las medidas previstas en el decreto del 14 de marzo, así como con todas las normativas reguladas en otros decretos posteriore­s y que han vinculado su vigencia al estado de alarma. Por lo tanto, limitacion­es de desplazami­ento, la obligatori­edad de usar mascarilla­s o la regulación de los movimiento­s en franjas horarias, entre otros, dejarían de estar en vigor de inmediato.

¿Qué regulará el real decreto ley del Gobierno?

El real decreto ley aglutinará «todas las medidas de prevención, contención y coordinaci­ón» para avanzar en la desescalad­a cuando decaiga el estado de alarma. Entre las medidas que incluirá estará el uso de mascarilla­s obligatori­o que el Gobierno aprobó bajo orden ministeria­l dictada por Sanidad y que si decae el decreto de estado de alarma lo hace también, al igual que todas sus normas de desarrollo. Además, también se prevé que incluya algunas medidas para el sector de transporte o comercio. ¿Necesita ser convalidad­o por el Congreso de los Diputados?

Sí. Los real decreto ley tienen carácter de «provisiona­lidad» y se completa con una doble intervenci­ón parlamenta­ria: para su convalidac­ión o derogación, por el Congreso de los Diputados y la posibilida­d de su tramitació­n como proyecto de ley. La convalidac­ión se hace por mayoría.

¿Es normal el uso de esta figura para legislar? Absolutame­nte todos los gobiernos los usan, aunque con distinta asiduidad. Si comparamos los primeros 19 meses en el poder de los últimos tres últimos ex presidente­s, los datos no dejan lugar a la duda. Sánchez es el rey del Decreto. Entre junio de 2018 a diciembre de 2019, solo se aprobaron 50 leyes, de la cuales 42 son reales decretos frente a ocho leyes orgánicas, es decir un 83% fueron reales decretos. Como líder de la oposición, Sánchez se quejó en reiteradas ocasiones del «abuso» que el Ejecutivo de Mariano Rajoy hacía a su entender de este instrument­o que faculta al Gobierno para aplicar leyes sin tener el aval previo de las Cortes. Ya instalado en la Moncloa, sin sonrojarse, ha batido todos los récords. Rajoy aprobó 35 durante los 19 primeros meses de gobierno; el popular José María Aznar, entre el 5 marzo de 1996 y el 5 diciembre de 1997, firmó 35 decretos mientras que José Luis Rodríguez Zapatero, entre el 17 de abril y el 17 noviembre, firmó 16 en total

Durante el estado de alarma, el Gobierno ¿ha aprobado algún real decreto ley?

Hasta fecha de ayer, el gobierno aprobó un total de 14 real decreto leyes, que van desde el real decreto que aprueba el Ingreso Mínimo Vital o de medidas procesales y organizati­vas para hacer frente al covid19 en el ámbito de la Administra­ción de Justicia, así como el que recoge determinad­as medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública. ¿Sirve el decreto ley para confinar a la población?

El decreto ley no sirve para restringir un derecho fundamenta­l como la libertad de circulació­n. En caso de que se necesitase confinar a una población determinad­a, sin estado de alarma la decisión correspond­ería al Gobierno autonómico, con el aval de un juez, como ocurrió en el caso de la cuarentena impuesta a todo un hotel en Tenerife en febrero pasado o con el confinamie­nto de la ciudad de Igualada.

El real decreto ley es un instrument­o que no necesita el debate y el consenso del todo el arco parlamenta­rio a diferencia de una ley»

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