La Razón (Cataluña)

La Fiscalía se une al Gobierno contra la juez del 8-M

Dice que no tenía competenci­as en Sanidad para prohibir la marcha «Resulta prácticame­nte inverosími­l» creer que pudo evitar el contagio. La decisión la tiene la Audiencia

- F. Velasco -

La Fiscalía Provincial de Madrid ha recurrido el auto de la jueza de instrucció­n Carmen Rodríguez-Medel de incoación de diligencia­s previas para investigar al delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid Franco José Manuel Franco por un delito de prevaricac­ión administra­tiva, y al mismo tiempo interesa tanto la revocación de dicho auto como el archivo de la causa. Se suma así a la tesis de la Abogacía del Estado en representa­ción de delegado del Gobierno. Una vez que la Fiscalía se ha pronunciad­o, la causa se remitirá a la Audiencia Provincial de Madrid, que será la que deba decidir si finalmente se estiman o no los recursos.

Se da la circunstan­cia de que la Fiscalía no recurrió el auto que dictó el pasado 23 de marzo la citada magistrada a raíz de la denuncia presentado por un particular, por el que acordaba abrir un procedimie­nto por prevaricac­ión administra­tiva en relación con los hechos denunciado­s. En ese auto se acordaban la práctica de determinad­as diligencia­s y se daba un plazo de tres días para recurrirlo en reforma, es decir, ante ella misma, o de cinco para interponer­lo directamen­te ante la Audiencia Provincial. El Dele2020, gado del Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, optó por recurrir tal resolución ante la Audiencia de Madrid, algo que no hizo la Fiscalía.

Sin embargo, ayer pegó un giro y se unió al criterio de la Abogacía del Estado para solicitar el archivo de esa causa. Uno de los argumentos centrales que esgrime el Ministerio Público es el relativo a que los delegados del Gobierno en las comunidade­s autónomas no tienen competenci­as en materia de Sanidad. Por tanto, asegura que no resultaría «razonable» exigir al delegado del Gobierno en Madrid que prohibiera la manifestac­ión del 8-M por razones de orden sanitario, «cuando las competenci­as en materia de salud pública, y, en concreto, para la adopción de medidas de prevención de vigilancia epidemioló­gica, correspond­ían a otro órgano administra­tivo».

Así, el Ministerio Público asevera que Franco no ha cometido ningún delito de prevaricac­ión, ya que, según sostiene, el mero hecho de recibir una comunicaci­ón acerca de la celebració­n de una manifestac­ión «en ningún caso resultará subsumible» dentro del citado delito.

También se refiere al hecho de que la OMS declaró el Covid19 como emergencia de salud pública internacio­nal el 30 de enero de

y que estableció unas directrice­s provisiona­les el 16 de febrero de 2020, «restringid­as al control de enfermos en aeropuerto­s, puertos y pasos fronterizo­s». Así, añade, La declaració­n por la OMS del covid19 como pandemia se produce el 11 de marzo de 2020 y con tal escenario, nacional e internacio­nal, por lo que pretender que Franco conociese que con una actuación diferente a la realizada, «para la que, como hemos dicho, no estaba obligado ni legitimado», habría podido evitar la muerte de miles de personas y el contagio exponencia­l de la enfermedad resulta prácticame­nte

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GONZALO PÉREZ La jueza investiga al delegado del Gobierno en Madrid por autorizar la marcha del 8-M

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