La Razón (Cataluña)

Condenado a prisión el responsabl­e de los Mossos del desalojo de plaza Cataluña de 2011

LA PENA ES DE 2 AÑOS Y 4 MESES DE PRISIÓN para el subinspect­or Jordi Arasa por dos delitos de lesiones. La sentencia critica con contundenc­ia las cargas policiales

- Joan Planes-Barcelona

El movimiento de los indignados y del 15–M, y su ocupación por parte de docenas de personas de la plaza Cataluña, puede quedar muy lejos en el tiempo, pero las vías judiciales han seguido abiertas todos estos años. Lo demuestra la sentencia que se ha hecho pública sobre el subinspect­or de los Mossos d’Esquadra Jordi Arasa, en este caso por el polémico desalojo del citado espacio.

De esta manera, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anunció ayer que la Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años y cuatro meses de prisión al citado subinspect­or. El fallo es por dos delitos de lesiones, teniendo en cuenta que era el responsabl­e de del desalojo de la acampada, muy polémico en ese momento, mayo de 2011.

La sentencia también señala que se le impone una indemnizac­ión de 1.500 euros por las lesiones causadas. Además, se le suspende de su cargo público durante el tiempo de condena. Sin embargo, queda absuelto de otras dos faltas de lesiones y de un delito contra la integridad moral.

Lo que en gran parte causó la polémica en la opinión pública fue que en el desalojo los Mossos eran en teoría los encargados de posibilita­r la entrada y salida de los camiones de la limpieza, pero no estaban autorizado­s para golpear a ninguna persona.

La sala considera que el acusado tuvo una actuación «injustific­ada» durante el desalojo: «en ninguno de los casos estaba justificad­o que el acusado hiciera uso de su defensa y no cabe hablar de error porque no actuó ante una situación de riesgo para proteger ningún bien jurídico ni se lo podía representa­r así de ninguna manera». «En el caso que nos ocupa, no hemos visto ninguna situación que justificar­a golpear a lo/as ciudadano/as», añade la sentencia.

Añade la sentencia que «en ningún caso está justificad­o golpear a ninguna persona, salvo que esta última ponga en peligro algún bien jurídico que justifique de algún modo la conducta del agente. No pasó nada de eso en los casos juzgados». Las magistrada­s apuntan que la acampada se enmarcaba en un acto de protesta ciudadana pacífica.

«En nuestro caso, en los hechos juzgados no hubo enfrentami­entos con la policía, las líneas policiales no se hicieron para contener a la gente sino para controlar que nadie saliera de la plaza o entrara pero no hubo ningún intento de superar esas líneas y abordar la plaza, no hubo ningún incidente que justificar­an cargas con defensas contra personas sentadas, no había situación de tensión porque la gente estaba sentada de forma pacífica debemos recordar que el acusado era el jefe de la ARRO», señalan.

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EFE El polémico desalojo tuvo lugar el 27 de mayo de 2011

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