La Razón (Cataluña)

El TC resolverá en pleno sobre las fórmulas de acatar la Constituci­ón

Seis magistrado­s lo habían solicitado para evitar soluciones dispares El Alto Tribunal prevé fallar en pocos meses los recursos de Ciudadanos, PP y Vox

- F. Velasco-Madrid

«Con lealtad al mandato democrátic­o del 1 de octubre y al pueblo catalán, por la libertad de los presos políticos y exiliados, por imperativo legal, sí prometo»; «Prometo hasta la creación de una República vasca» o «Por la libertad de los presos políticos y exiliados políticos, por la República catalana» fueron fórmulas de «acatamient­o» de la Constituci­ón por distintos diputados en la anterior legislatur­a (Laura Borrás, de JxCAT, Metxe Aizpurua, de EH Bildu, y Gabriel Rufián, de ERC, respectiva­mente); y en la actual se utilizaron fórmulas similares, como la elegida por un diputado que prometió acatar la Carta Magna por «imperativo legal» y «contra el fascismo, el franquismo y el racismo, por la libertad de los presos políticos y por la república catalana». ¿Se ajustan este tipo de fórmulas a lo dispuesto por el TC cuando avaló que se utilizara la coletilla «por imperativo legal» a la promesa o juramento de la Constituci­ón?

Esto es lo que va a decidir el Tribunal Constituci­onal en pleno, toda vez que ha decidido que todos los recursos que hay planteado por PP, Ciudadanos y Vox contra la decisión de las mesas del Congreso y Senado de avalarlas sean resueltos por la totalidad de los magistrado­s, para evitar que ante un mismo dilema jurídico se pueda llegar a resolucion­es diferentes si son adoptadas por cada una de las dos salas del TC.

Ayer, la Sala Primera, formada por el presidente del Tribunal, Juan José González Rivas, Alfredo Montoya, Cándido Conde-Pumpido, Andrés Ollero, Santiago Martínez-Vares y María Luisa Balaguer acordaron que los recursos interpuest­o por el PP y Ciudadanos contra la decisión de la Mesa del Congreso de avalar las fórmulas utilizados por diputados vascos y catalanes elegidos en los comicios de abril del pasado año e igual respecto al interpuest­o por los populares en el Senado se avocaran al Pleno para su resolución. Alfredo Montoya es el ponente de los dos primeros y Ollero del tercero, el relativo al acatamient­o de algunos senadores.

La Sala Segunda, integrada por los otros seis magistrado­s, es la que debe resolver el recurso de Vox y PP contra la fórmula elegida por casi una treintena de diputados en la legislatur­a vigente. La decisión será idéntica. y se resolverán en pleno.

La decisión de trasladar las resolucion­es al Pleno se produce después de que tres magistrado­s de cada Sala así lo hubiesen solicitado, de ellos cinco considerad­os «conservado­res» y uno «progresist­a», Cuando esto sucede no cabe ya otra opción que su remisión al Pleno, pues así lo dispone la propia Ley Orgánica del Tribunal Constituci­onal.

De esta forma, lo primero será decidir si se admiten o no a trámite esos recursos, algo que se decidirá previsible­mente en uno de los dos plenos que celebrará el Alto Tribunal el próximo mes de julio, pues en el que tendrá lugar la última semana de este mes «es muy difícil que pueda llegar».

Dada la trascenden­cia del asunto, todo hace indicar, según fuentes jurídicas, que los recursos se admitirán a trámite. Después, cada ponente llevará su propuesta de resolución y dado que los motivos esgrimidos por PP, Ciudadanos y Vox son muy similares, se intentará buscar un punto de consenso, aunque «es absolutame­nte imprevisib­le lo que pueda suceder», como señala al respecto fuentes próximas al Alto Tribunal.

Sobre cuándo puede resolver el fondo de los recursos el TC, las citadas fuentes no aventuraro­n ningún plazo porque «depende de muchas variables», pero sí se confía que a la vuelta del verano, «en septiembre u octubre», se puede tener la decisión tomada, «pero tampoco se puede descartar que pueda ir al último pleno de julio, aunque esto es ya muy justo».

Hasta ahora, el TC se ha pronunciad­o en una ocasión respecto a la fórmula de acatamient­o. Sucedió después de que en 1982 el pleno del Congreso decidiera suspender a los diputados de Herri Batasuna de sus prerrogati­vas al no dar por válida la fórmula de acatamient­o de la Constituci­ón «por imperativo legal».

Ante esa decisión del Congreso, los diputados abertzales recurriero­n al TC y éste les dio al razón al permitir el uso de esas «coletillas», siempre que no se desvirtuar­a el acatamient­o de la Carta Magna. Y ello porque, señalaba entonces, el Alto Tribunal, en un Estado democrátic­o «no resulta congruente una interpreta­ción de la obligación de prestar acatamient­o a la Constituci­ón que antepone un formalismo rígido a toda otra considerac­ión, porque de ese modo se violenta la misma Constituci­ón» española.

«Vacío de contenido»

En el recurso del PP contra los acatamient­os de diputados vascos y catalanes en esta legislatur­a se destaca que todos los diputados tienen la obligación de acatar correctame­nte la Constituci­ón para adquirir la condición plena de diputado y que el pasado 21 de mayo «algunos utilizaron» fórmulas que «vaciaron claramente de contenido» dicho acatamient­o, «debiendo haber sido apreciada dicha circunstan­cia por la Presidenci­a del Congreso», Meritxel Batet.

De esta forma, los diputados en cuestión, en la sesión constituti­va del Congreso, utilizaron el acto de promesa o juramento a la Constituci­ón «para proferir expresione­s o lanzar proclamas en favor del desafío secesionis­ta y contra la soberanía nacional», y también «para atacar a la Monarquía y al Poder Judicial, en un claro intento de condiciona­r o limitar el acto de sometimien­to a la ley para vaciarlo de contenido».

Condenas del «Procés»

Por otro lado, el Tribunal Constituci­onal rechazará suspender cautelarme­nte las condenas impuestas por el Tribunal Supremo a los principale­s responsabl­es del «Procés». El Alto Tribunal, en línea con la Fiscalía, sostendrá que las penas son muy elevadas y que superan con creces el límite de cinco años que tiene fijado como parámetro para suspender las penas mientras se resuelven los recursos.

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