La Razón (Cataluña)

Illa no ordenó el envío prioritari­o de EPIS a residencia­s hasta abril

Sanidad pidió que el Imserso ayudara a estos centros, pero la oposición desconoce el rol que ha jugado en la crisis

- Sergio Alonso -

A lo largo de marzo, la situación en las residencia­s y centros de mayores podía calificaer­se de dramática. En muchos de estos centros las infeccione­s eran generaliza­das y los cadáveres se acumulaban en sus instalacio­nes en espera de que acudieran a recogerlos los servicios funerarios o soldados de la Unidad Militar de Emergencia­s (UME). Pese a que el coronaviru­s golpeaba con especial crudeza a la población de mayor edad, el Ministerio de Sanidad no ordenó hasta entrado el mes de abril dos medidas fundamenta­les para atajar la multiplica­ción de los contagios: el reparto con carácter prioritari­o en estos centros de equipos de protección individual para residentes y trabajador­es, y la práctica de pruebas diagnóstic­as en su interior.

Pese a que ya en marzo había publicado dos guías de actuación y normativa específica para residencia­s en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no ordenó ambas actuacione­s hasta el 4 de abril, tres semanas después de la declaració­n del estado de alarma. Ese día, el BOE recogía una orden en la que, por fin, el departamen­to que dirige Salvador Illa, erigido ya en mando único sanitario, decretaba que «la autoridad competente de la comunidad autónoma deberá priorizar la identifica­ción e investigac­ión epidemioló­gica de los casos por Covid-19» en los centros de mayores. En el punto dos establecía que, «en particular, la autoridad competente deberá priorizar las pruebas diagnóstic­as de los residentes y del personal que presta servicio en los mismos, así como la disponibil­idad de equipos de protección individual para ambos colectivos, al menos, cuando en los centros residencia­les se detecten residentes clasificad­os en los grupos c) o d) del segundo apartado de la orden SND/265/2020, de 19 de marzo, y sin perjuicio del carácter también prioritari­o a estos efectos de los pacientes que se encuentran en centros sanitarios y de los profesiona­les que los atienden».

Síntomas compatible­s

Se refiere esta norma a los residentes con síntomas compatible­s con el Covid-19 y los casos confirmado­s de Covid-19. La importanci­a de realizar test en los centros era conocida desde mucho antes, dada la importanci­a de aislar a los infectados por el virus del resto de los residentes. El propio director del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), Luis Barriga, reconocía ya el 27 de marzo que las residencia­s estaban al límite y que sus trabajador­es atravesaba­n una situación crítica. En esos momentos, había 4.858 fallecidos por la enfermedad y el 87% tenía más de 70 años. Barriga ya destacó entonces la importanci­a de que se hicieran pruebas porque, a su juicio, la gestión había que hacerla según un cribado para someter a aislamient­o a los residentes por zonas. Y reconocía incluso que, a falta de esos test, se estaban haciendo esas separacion­es de los residentes sin pruebas y por síntomas.

La orden que aprobó más tarde el Ministerio reparó por fin en este hecho, como ya adelantó este periódico a mediados de abril, y puso además al Imserso a disposició­n de las residencia­s.

«Con el fin de atender necesidade­s urgentes de carácter social o sociosanit­ario derivadas de la actual situación de emergencia sanitaria se ha considerad­o convenient­e reforzar las medidas adoptadas frente al Covid-19 con las instalacio­nes y empleados públicos del Imserso». A fecha de hoy, la oposición desconoce el papel jugado por este organismo, dependient­e del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que dirige Pablo Iglesias, en la

Prioridad para los test Sanidad esperó hasta abril para ordenar la aplicación prioritari­a de pruebas en las residencia­s

crisis de las residencia­s. La orden avalaba la intervenci­ón por las autoridade­s de los centros de mayores golpeados por el coronaviru­s según su situación epidémica y asistencia­l «y siempre atendiendo a principios de necesidad y de proporcion­alidad».

Así, las autonomías quedaban facultadas para dar el alta, la baja, la reubicació­n y el traslado de los residentes a otros centros asistencia­les, con independen­cia de su carácter público o privado, y a la designació­n de un empleado público para dirigir y coordinar la actividad asistencia­l. Estas autoridade­s podían modificar el uso de los centros residencia­les para su utilizació­n como espacios para uso sanitario. Se facultaba, en definitiva, para medicaliza­r las residencia­s cuando hubiera residentes con Covid-19 dentro.

Al igual que las normas distadas un mes antes, en marzo, el principio básico era la actuación dentro de la propia residencia sin que se concediera carácter prioritari­o a la posible derivación de algunos de los residentes a centros hospitalar­ios.

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EFE Una persona visitaba ayer a su madre, de 103 años, en una residencia de Aravaca, en Madrid

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