Junqueras no podrá ir en listas hasta 2031
Entonces habrá cumplido la pena de inhabilitación absoluta El TC no suspende las condenas del «procés»
El ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras no podría ejercer ningún cargo público ni concurrir en ninguna lista electoral para cualquier tipo de comicios electorales hasta el 5 de julio de 2031, fecha en la que terminará de cumplir los 13 años de inhabilitación absoluta que le impuso el Tribunal Supremo, además de otros tantos de prisión por un delito de sedición, en relación con su relevante intervención en todo el proceso independentista que culminó con la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. La pena de prisión la terminará de cumplir el 29 de octubre de 2030. Actualmente disfruta de la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, lo que le permite salir de prisión varios días a la semana para ir a la Universidad de Vic.
En un auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo dictado ayer se viene a confirmar la liquidación de condena que ya practicó la Sala después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciara sobre su inmunidad parlamentaria. En este sentido, los magistrados no dejan lugar a duda alguna de que la inhabilitación absoluta comporta la «privación definitiva de todos los honores y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos, e incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos y la de ser elegido para cargo público durante el tiempo de la condena». Es decir, no podrá ostentar ningún cargo público, ya sea de índole político (diputado, eurodiputado, etc) ni de ningún otro hasta julio del año 2031, ocho meses después de que haya cumplido la pena de 13 años de prisión.
Junqueras fue condenado como autor de un delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación, agravado por razón de su cuantía, por su participación en el «procés» independentista en Cataluña y su defensa no promovió ningún recurso contra la liquidación que acordó la Sala, con lo que ésta ha adquirido firmeza.
Además, esta liquidación de condena llega después de que el Supremo respondiera en enero a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rechazando autorizar el desplazamiento de Junqueras a Estrasburgo para que pudiera hacer efectiva su condición de eurodiputado. Entonces tampoco declaró nula la sentencia por la que le condenó a 13 años de cárcel por sedición y anunció que no cursaría un suplicatorio al Parlamento Europeo para poder ejecutarla. Así respondía el alto tribunal español a la sentencia del TJUE, que reconoció la condición de miembro de la Eurocámara de Junqueras desde la fecha en la que se le proclamó electo el pasado 13 de junio de 2019, un día después de concluir el juicio que se celebró contra él y otros once líderes independentistas.
Unanimidad en el TC
Por otro lado, el Pleno del Tribunal Constitucional rechazó ayer por unanimidad las peticiones de los condenado por el «Procés» excepto las de Junqueras , Raül Romeva y Carme Forcadell– de suspender la ejecución de las condenas mientras se tramitan sus recursos de amparo. El TC sostiene, en la línea de lo defendido por el fiscal, que la gravedad de las penas impuestas, entre nueve y 13 años de prisión, superan con mucho el límite establecido como doctrina para acordar esa medida, que se sitúa en cinco años. Las decisiones sobre peticiones similares de Junqueras y Romeva, que serán similares, se producirán una vez se resuelvan las recusaciones planteadas contra todos los miembros del TC, petición que sera igualmente rechazada. De esta forma, continuarán cumpliendo sus condenas en un régimen flexible, pues todos ellos salen varios días de semana de la prisión gracias a que gozan del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.