El Tribunal de Cuentas investigará los CIS de la Covid
Responsabilidad contable Tezanos adjudicó por 90.000 euros en un procedimiento sin publicidad los barómetros de abril y mayo a una empresa con la que ya había trabajado
La Abogacía del Estado y la Fiscalía tendrán que pronunciarse sobre si debe archivarse directamente este caso o investigarse
El Tribunal de Cuentas investigará la adjudicación realizada por el Centro de Investigaciones Sociológicas, presidido por el dirigente socialista José Félx Tezanos, de un contrato para la elaboración de dos barómetros –los de abril y mayo– en plena crisis sanitaria. El Juzgado de Instrucción número 34 de Madrid remitió en mayo al Tribunal de Cuentas la denuncia que recibió por esta adjudicación. El juzgado determinó que no existía responsabilidad penal, pero sí consideró que el órgano fiscalizador debía estudiar si los gastos se ajustaron a la legalidad y pudiera derivarse una responsabilidad contable. La denuncia del abogado Esteban Gómez Rovira aludía a la presunta comisión del delito de malversación, que fue descartado por el juzgado. La adjudicación del CIS se realizó a la empresa Intercampo –con la que la Fundación Sistema, presidida por Tezanos y afín al PSOE, ya había trabajado– por un importe de 90.000 euros. Se hizo a través del procedimiento de negociado sin publicidad con una única oferta recibida,segúnconsta en el expediente de la Plataforma de Contratación.
El Tribunal de Cuentas lo que ha hecho es registrar la remisión del citado juzgado, acompañada de la denuncia correspondiente. Ahora, pasará a la Sección de Enjuiciamiento y dentro de ésta al Departamento que corresponda por turno, al frente del cual está un consejero, que abrirá lo que se conoce como Diligencias Preliminares y dará traslado a la Abogacía del Estado y al Ministerio Fiscal para que se pronuncien sobre si procede archivar las actuaciones o, por el contrario, hay datos que llevan a concluir que es necesario investigar lo sucedido con este contrato, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes del citado órgano fiscalizador.
Si tanto el representante de los Servicios Jurídicos del Estado como el Ministerio Fiscal sostienen que no hay ninguna irregularidad contable, pedirán el archivo. En esa hipótesis, se archivarían directamente las diligencias. Si las partes coinciden en lo contario, las Diligencias Preliminares se transformarían en Diligencias Previas y comenzaría la fase de instrucción. Si la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal mantuvieran criterios distintos, sería el consejero el que decide. En el supuesto de que se decidiera continuar adelante con la investigación, se nombraría un instructor para realizar todas las diligencias que considere oportunas. En este punto, tanto el denunciante como el CIS podrían personarse en el procedimiento. Una vez practicadas las diligencias y pruebas, el instructor practicaría lo que se conoce como «Acta de liquidación», que puede resultar «positiva» o «negativa», en función de si constata o no que haya existido un perjuicio patrimonial al CIS. Si resultase positiva, sería la Sección de Enjuiciamiento la encargada de dirimir el caso.