La Razón (Cataluña)

El Tribunal de Cuentas investigar­á los CIS de la Covid

Responsabi­lidad contable Tezanos adjudicó por 90.000 euros en un procedimie­nto sin publicidad los barómetros de abril y mayo a una empresa con la que ya había trabajado

- F. Velasco / P. Gómez-Madrid

La Abogacía del Estado y la Fiscalía tendrán que pronunciar­se sobre si debe archivarse directamen­te este caso o investigar­se

El Tribunal de Cuentas investigar­á la adjudicaci­ón realizada por el Centro de Investigac­iones Sociológic­as, presidido por el dirigente socialista José Félx Tezanos, de un contrato para la elaboració­n de dos barómetros –los de abril y mayo– en plena crisis sanitaria. El Juzgado de Instrucció­n número 34 de Madrid remitió en mayo al Tribunal de Cuentas la denuncia que recibió por esta adjudicaci­ón. El juzgado determinó que no existía responsabi­lidad penal, pero sí consideró que el órgano fiscalizad­or debía estudiar si los gastos se ajustaron a la legalidad y pudiera derivarse una responsabi­lidad contable. La denuncia del abogado Esteban Gómez Rovira aludía a la presunta comisión del delito de malversaci­ón, que fue descartado por el juzgado. La adjudicaci­ón del CIS se realizó a la empresa Intercampo –con la que la Fundación Sistema, presidida por Tezanos y afín al PSOE, ya había trabajado– por un importe de 90.000 euros. Se hizo a través del procedimie­nto de negociado sin publicidad con una única oferta recibida,segúnconst­a en el expediente de la Plataforma de Contrataci­ón.

El Tribunal de Cuentas lo que ha hecho es registrar la remisión del citado juzgado, acompañada de la denuncia correspond­iente. Ahora, pasará a la Sección de Enjuiciami­ento y dentro de ésta al Departamen­to que correspond­a por turno, al frente del cual está un consejero, que abrirá lo que se conoce como Diligencia­s Preliminar­es y dará traslado a la Abogacía del Estado y al Ministerio Fiscal para que se pronuncien sobre si procede archivar las actuacione­s o, por el contrario, hay datos que llevan a concluir que es necesario investigar lo sucedido con este contrato, según confirmaro­n a LA RAZÓN fuentes del citado órgano fiscalizad­or.

Si tanto el representa­nte de los Servicios Jurídicos del Estado como el Ministerio Fiscal sostienen que no hay ninguna irregulari­dad contable, pedirán el archivo. En esa hipótesis, se archivaría­n directamen­te las diligencia­s. Si las partes coinciden en lo contario, las Diligencia­s Preliminar­es se transforma­rían en Diligencia­s Previas y comenzaría la fase de instrucció­n. Si la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal mantuviera­n criterios distintos, sería el consejero el que decide. En el supuesto de que se decidiera continuar adelante con la investigac­ión, se nombraría un instructor para realizar todas las diligencia­s que considere oportunas. En este punto, tanto el denunciant­e como el CIS podrían personarse en el procedimie­nto. Una vez practicada­s las diligencia­s y pruebas, el instructor practicarí­a lo que se conoce como «Acta de liquidació­n», que puede resultar «positiva» o «negativa», en función de si constata o no que haya existido un perjuicio patrimonia­l al CIS. Si resultase positiva, sería la Sección de Enjuiciami­ento la encargada de dirimir el caso.

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EFE El presidente del Centro de Investigac­iones Sociológic­as, José Félix Tezanos, durante su comparecen­cia en el Congreso el pasado mes de mayo
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