Una legislación insuficiente para defender los derechos de los pasajeros
Los afectados consideran que el Reglamento europeo que regula la materia está obsoleto desde que nació
La «constante discriminación» que sufren las personas con movilidad reducida en su acceso al trasporte aéreo en España, con episodios como el vivido esta semana por dos pasajeros en silla de ruedas que no pudieron embarcar en un vuelo de Air Nostrum, es un asunto «antiguo» que parece que solo importa a las organizaciones que defienden los derechos de este colectivo. «Es algo desgraciadamente frecuente: pasajeros que se quedan “en tierra” por no ir acompañados de otra persona, por la falta de coordinación entre los servicios de asistencia de las compañías del propio aeropuerto o por ‘razones de seguridad’ que no son tales», explican desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). Pero, ¿dónde está el error, la causa originaria de que se produzcan estas discriminaciones? «Fundamentalmente, en el marco legal europeo insuficiente para proteger la libre movilidad de las personas con discapacidad», añaden.
Y es que el Reglamento de la UE de 5 de julio de 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo «nació ya con graves carencias y limitaciones, denunciadas en ese momento, momento, y que a lo largo de estos años de vigencia, no han hecho sino recrudecerse», alegan desde el Comité. Por ello, esta entidad reclamó, la última vez en agosto de 2020, la «reforma urgente del marco de derechos de los pasajeros aéreos con discapacidad» en su contribución a la consulta pública de la Comisión Europea.
Para CERMI, los aspectos más importantes que deberían derogarse son la posibilidad que se concede a las compañías aéreas de denegar el embarque a pasajeros con discapacidad alegando razones de seguridad y la potestad de exigir que un pasajero con discapacidad viaje necesariamente acompañado, debiendo asumir éste el coste del acompañante. Además, creen que debería eliminarse el requisito del preaviso para poder recibir los servicios de asistencia.
Aspectos que apoyan asociaciones como PREDIF, entidad sin ánimo de lucro centrada en la defensa de las personas con discapacidad física. «Somos conocedores de este agravio y nos preocupa porque este tipo de episodios va en aumento, cuando deberían ser ya anecdóticos», señala su presidente, Francisco Sardón. «Además de que la legislación vigente no está adaptada a la realidad de las personas con movilidad reducida, la mayoría de las cuales se desplazan en cualquier otro medio de trasporte de forma autónoma, un aspecto que es especialmente hiriente es la falta de coordinación entre los servicios de atención y apoyo y las propios profesionales de las aerolíneas, que generan situaciones vejatorias e incomprensibles», añade. «Yo viajo en AVE casi todas las semanas, y nunca he tenido ningún problema ni me he sentido discriminado, ¿por qué esto no pasa en el transporte aéreo?», se pregunta.