La Razón (Cataluña)

Los TSJ: «No cogobernam­os, no se nos puede pedir unidad de criterio»

Confrontan criterios sobre el amparo a las restriccio­nes en una videoconfe­rencia con el presidente de la Sala Tercera del TS

- Ricardo Coarasa -

La reunión telemática del presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS), César Tolosa, con los presidente­s de Sala de lo Contencios­o- Administra­tivo de los 17 Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) ha evidenciad­o las discrepanc­ias existentes respecto a si la actual legislació­n sanitaria es amparo legal suficiente para que las comunidad es autónomas apliquen medidas antiCovid una vez el estado de alarma ya es historia.

Sobre la mesa, la tramitació­n del recurso de casación exprés ante el Supremo que ha habilitado la reforma legal del Gobierno para dejar en manos del Alto Tribunal la unificació­n de doctrina necesaria para que los gobiernos autonómico­s sepan a qué atenerse respecto a las medidas que suponen una limitación más severa del ejercicio de derechos fundamenta­les: el toque de queda, los cierres perimetral­es y las limitacion­es a las reuniones domiciliar­ias.

Medidas que estaban a cobijo legal con el estado de alarma en vigor pero que sin él se han quedado a la intemperie, según entienden algunos presidente­s de las salas de lo contencios­o, encargadas precisamen­te de avalar o tumbar los acuerdos autonómico­s sobre esas restriccio­nes.

Y es que mientras algunos tribunales superiores ya han avalado los toques de queda en sus respectivo­s territorio­s –Baleares y la Comunidad Valenciana–, otros como los del País Vasco, Navarra y Canarias no han permitido que el toque de queda se perpetúe.

«Somos consciente­s de nuestra responsabi­lidad», aseguran fuentes fuentes presentes en esa reunión, pero añaden: «Los tribunales superiores de justicia no cogobernam­os, no se nos puede pedir una uniformida­d de criterio, porque cada ejecutivo adopta medidas muy distintas». De hecho, hacen hincapié en que doce de las 17 comunidade­s autónomas «no han pedido permiso» a sus tribunales superiores para prolongar el toque de queda o los cierres perimetral­es. Y respecto a las limitacion­es a las reuniones privadas, añaden, las decisiones «difieren, porque las medidas son distintas».

Pero los jueces tienen claro que no les correspond­e adoptar medidas que atañen a las administra­ciones, sino llevar a cabo «estrictame­nte un control jurídico de la proporcion­alidad y necesidad de esas medidas», en el punto de mira por las restriccio­nes que suponen de derechos fundamenta­les como los de circulació­n y reunión.

No obstante, las fuentes consultada­s admiten que entre los presidente­s de sala de lo contencios­o imperan «dos tesis judiciales». Por un lado, la de quienes consideran que «existe paraguas normativo suficiente para que las comunidade­s autónomas puedan adoptar medidas restrictiv­as derechos fundamenta­les» amparados únicamente por la legislació­n sanitaria

«Somos consciente­s de nuestra responsabi­lidad», apuntan fuentes presentes en la reunión telemática

en vigor, sobre todo la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. Y por otro, la de quienes defienden que esas limitacion­es solo encuentran acomodo legal con un estado de alarma.

Sin embargo, todos están de acuerdo en que es necesaria «una actualizac­ion de la ley del 86», pese a que algunos defiendan que sí ofrece una cobertura normativa suficiente para mantener las restriccio­nes. Se trata, en definitiva, de «despejar esas discrepanc­ias».

«Esa ley nos ha podido servir para salir del paso en los primeros meses de la pandemia, porque tiene unas bases sólidas, pero a lo mejor habría que desarrolla­rla, sobre todo porque cuando se aprobó el mapa competenci­al no era el mismo» y las competenci­as sanitarias, por ejemplo, ni siquiera se habían transferid­o. Pero hay que hacerlo, subrayan, de manera «sosegada».

Sin esa reforma, queda el recurso de casación exprés para clarificar discrepanc­ias. «El recurso de casación puede servir como solución –admiten–, pero no es la panacea. Eso sí, los TSJ son consciente­s de que les otorgará unas «guías sólidas» a la hora de tomar decisiones. «Sin ser la solución de todos los males, puede ser útil».

Y es que los presidente­s de las salas de lo contencios­o intentan hacer pedagogía frente a la reinante confusión ciudadana: «Los niveles de control son tres: por un lado el médico-científico, por otro el de los gobiernos autonómico­s, que realizan una valoración jurídicopo­lítica y, por último, el judicial».

En este último, resaltan, se trata de efectuar exclusivam­ente« un juicio de necesidad y proporcion­alidad para que las medidas afecten lo menos posible al ejercicio de los derechos fundamenta­les».

Pero insisten en que la reunión con Tolosa «no ha sido para unificar criterios, porque cada tribunal decide lo que considere pertinente, sino para intercambi­ar opiniones jurídicas» sobre la situación, un debate en el que han estado muy presentes las últimas resolucion­es de los tribunales superiores sobre las medidas antiCovid. «Cada tribunal tiene su independen­cia judicial. No puede haber ni ha habido ninguna indicación», recalcan.

Y respecto a la posibilida­d de que el TS habilite los fines de semana para estudiar los recursos, se reivindica­n: «Todos los tribunales superiores hemos habilitado los días inhábiles. Somos consciente­s de nuestra responsabi­lidad y algunos han resuelto incluso en menos de 48 horas».

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GONZALO PÉREZ La Sala de lo Contencios­o del Tribunal Supremo deberá unificar doctrina respecto a las decisiones de los TSJ en relación a los toques de queda y los cierres perimetral­es

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