La Razón (Cataluña)

Los morosos pagarán por factura impagada 40 euros

- R. Coarasa -

Los morosos deberán pagar 40 euros por gastos de cobro por cada factura que no hayan abonado fuera de plazo. Así lo ha establecid­o el Tribunal Supremo en una sentencia en la que rechaza que tenga que pagar únicamente esa cantidad por el conjunto de facturas no abonadas a tiempo. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo interpreta así el artículo 8 de la Ley 3/2004 de medidas para la lucha lucha contra la morosidad en las operacione­s comerciale­s, incorporad­a a nuestra legislació­n en aplicación de una directiva.

Esta normativa establece que el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnizac­ión de 40 euros por los costes de cobro. Eso sí, deja claro que el deudor no está obligado a pagar la indemnizac­ión cuando no sea responsabl­e del retraso en el pago.

Según la Sala, el pago de esa cantidad se aplica a «cubrir los costes internos relacionad­os con el cobro», y no para hacer frente a costes externos como la presentaci­ón de reclamacio­nes en vía administra­tiva. La Sala señala que no hay «ninguna razón» para considerar que esa cantidad se devengaría» en cada reclamació­n de pago presentada en vía administra­tiva, aunque agrupe miles de facturas respecto de las cuales el deudor ya incurrió en mora».

El Alto Tribunal reconoce así el derecho de BFF Finance Iberia a cobrar del Servicio Extremeño de Salud 40 euros por cada una de las más de 5.000 facturas emitidas por 28 empresas diferentes que fueron pagadas fuera de plazo por servicios prestados y cuyos derechos de cobro cedieron a esa entidad financiera.

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