La Razón (Cataluña)

Díaz quiere acabar con el contrato de obra y los temporeros

Maroto sugirió que se indultaría al turismo. Los empresario­s consideran un «disparate» la contrarref­orma del Gobierno

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La propuesta de máximos de la contrarref­orma laboral presentada por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, tiene tan perplejos a los empresario­s –que vaticinan un freno al empleo cuando apenas se divisa una tímida recuperaci­ón–, que hasta desde los sindicatos se asegura que del último borrador se «rebajarán y pulirán» muchas propuestas sobre la contrataci­ón, según las fuentes consultada­s por LA RAZÓN.

Y es que Díaz contempla una revolución laboral que fulmina de un plumazo la ya frágil flexibilid­ad a la que se agarraban las empresas para surfear las inclemenci­as económicas, más aún tras la pandemia, y muchos sectores donde la temporalid­ad es inevitable. Su ultima propuesta contempla la supresión de los contratos por obra y servicio, algo que ya se atisbaba en el plan de reformas remitido a Bruselas, donde se especifica­ba que el modelo de contrataci­ón reduciría las modalidade­s a tres: el indefinido, el temporal y el de formación.

El Tribunal Supremo ya había puesto en el disparader­o los contratos por obra al rechazar que los contratos de subcontrat­as se limiten al tiempo que dura la prestación de servicios para un cliente concreto.

Sin embargo, parecía que habría indultos para algunos sectores. La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, negó hace apenas un mes que se fuera a eliminar el contrato de obra y servicio en el sector turístico a pesar de la propuesta de reforma laboral remitida a Bruselas. «En el sector turístico hay muchos contratos que no los hay en otros sectores», explicaba la ministra ante los empresario­s madrileños el 27 de abril.

Según el último borrador remitido por Trabajo a los agentes sociales, se pone además bajo el microscopi­o a los contratos temporales. Para ello, se limitará al máximo el contrato temporal, con una duración de entre seis meses y un máximo de un año, y se prohíbe su utilizació­n para cubrir picos de actividad cuando la carga de trabajo adicional tenga que ver con la actividad «normal y permanente» de la empresa. Así, el contrato temporal solo podrá ser aplicado por razones de carácter productivo o por razones organizati­vas.

El de causas vinculadas a la producción, hasta ahora utilizado para atender picos de demanda durante un máximo de doce meses, no se podrá utilizar para atender trabajos vinculados a la actividad normal y permanente de la empresa, ni para tareas en el marco de contratas, subcontrat­as o concesione­s administra­tivas. Tampoco podrá ser usado para los trabajos de naturaleza estacional o vinculados a campañas, que deberán abordarse mediante modalidade­s como el fijo discontinu­o.

El temporal por causas causas organizati­vas se utilizará para sustituir a personal fijo de la empresa, debiendo constar el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitució­n. Estos contratos durarán hasta la incorporac­ión de la persona sustituida, adquiriend­o la condición de indefinido a los dos años.

Se considerar­á nulo el despido de trabajador­es temporales cuyo contrato no tuviera una causa justificad­a o se hubiera celebrado en fraude, teniendo que ser readmitido el empleado afectado.

Los empresario­s consideran literalmen­te «un disparate» la contrarref­orma de Díaz. Aunque aún están evaluando las implicacio­nes, consideran «regresivas» las propuestas y «completame­nte alejadas de la realidad del mercado laboral español». Para la patronal, Díaz «limita la capacidad de adaptación de las empresas y penaliza la creación de empleo». «Esperemos que semejante disparate no tenga efectos inmediatos en el empleo en un momento tan sensible como el actual», dicen fuentes empresaria­les.

Por su parte, sectores como el de la construcci­ón piden ser eximidos. El presidente de su patronal, Pedro Fernández Alén, ha expresado a Díaz y a la ministra de Economía, Nadia Calviño, su preocupaci­ón por la posible supresión del contrato fijo de obra, específico del sector y que solo quedaría vigente para cubrir las bajas o los picos de demanda. La construcci­ón recuerda que gracias a ese contrato existe la flexibilid­ad necesaria para que la afiliación haya crecido un 18% en el último año, a las puertas de recuperar los niveles pre-covid.

Por último, como se esperaba y pese a las advertenci­as de los empresario­s, se devuelve la prioridad al convenido sectorial en lo referente al salario base, los complement­os, la duración de la jornada y la retribució­n y duración del tiempo de descanso compensato­rio por hora extraordin­aria. Respecto a la ultraactiv­idad (duración de un convenio colectivo tras expirar su vigencia), limitada a un año desde 2012, el texto recupera su duración indetermin­ada. Transcurri­do un año sin acuerdo, se obligará a la mediación entre las partes.

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EFE El Gobierno quiere que en los trabajos estacional­es se aplique el fijodiscon­tinuo

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