La Razón (Cataluña)

La primera criba, la legitimaci­ón

- R. C.

¿Los recursos interpuest­os obligan al Tribunal Supremo a pronunciar­se sobre los indultos?

No necesariam­ente. En primer lugar, la Sala deberá decidir si Vox y Ciudadanos están legitimado­s para recurrir, es decir, si son parte interesada en el procedimie­nto. Si no lo están, el Supremo ni siquiera se pronunciar­ía sobre las cautelares solicitada­s.

¿Qué invocan para acreditar que pueden recurrir? Vox y Ciudadanos han optado por caminos diferentes. El partido de Abascal esgrime su condición de acusación popular en la causa del «procés». Mientras, la formación naranja lo ha presentado a través de Inés Arrimadas y otros dos ex diputados del Parlament, a quienes considera perjudicad­os por el «procés» dado que el Constituci­onal constató que se vulneraron sus derechos como representa­ntes políticos con la aprobación exprés de las leyes de desconexió­n independen­tista.

¿Qué pasos debe dar a partir de ahora el Supremo? Fuentes del Alto Tribunal apuntan que al haberse solicitado medidas cautelares lo primero que habrá que dilucidar es si la cuestión se avoca al Pleno de lo Contencios­o, lo que significar­ía que los recursos no los resolvería­n los magistrado­s de la Sección Quinta, sino todos los del Pleno.

¿Qué plazo hay para recurrir los indultos?

Dos meses desde su publicació­n en el BOE, es decir, hasta el próximo 22 de septiembre.

¿Debe escuchar la Sala al Gobierno antes de decidir si los suspende?

Sí. Al no haberse solicitado medidas cautelarís­imas, el Supremo está obligado a dar un plazo a la Abogacía del Estado para sus alegacione­s a las peticiones de suspensión cautelar de los indultos.

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