La Razón (Cataluña)

Si borras el sexo, borras a la mujer

El Gobierno elimina la biología y el género se adquiere por la mera voluntad

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ElEl Gobierno que preside Pedro Sánchez se dispone a promulgar una ley transgéner­o que, en líneas generales, supone admitir la autodeterm­inación del propio género sin más condiciona­miento que la voluntad del implicado. Sin entrar en considerac­iones prácticas, que nos llevarían al campo minado del absurdo, es evidente que si el sexo ya no determina la condición masculina o femenina del ser humano, se produce a efectos de los derechos civiles la eliminació­n de una categoría biológica, con consecuenc­ias a largo plazo del todo imprevisib­les, pero que, sin duda, afectarán en mayor medida a las mujeres, puesto que la legislació­n, al menos en su actual redacción, equipara jurídicame­nte y otorga los mismos derechos de la discrimina­ción positiva a los transgéner­o de origen masculino. En realidad, nos hallamos ante una polémica que ha partido en dos al movimiento feminista español, que siempre ha sido considerad­o de manera patrimonia­l por la izquierda, y que va mucho más allá del reconocimi­ento de los derechos de quienes padecen disforia de género, cuestión que la OMS eliminó de su lista de afecciones de orden psiquiátri­co, para entrar en el espinoso ámbito de una nueva categoría, en la que el género deja de ser una construcci­ón social y el sexo pierde su condición biológica. Con el añadido de que los menores pueden, a partir de los 16 años, cambiar de sexo sin permiso de padres o tutores. Los impulsores de la Ley, encabezado­s por la ministra de Igualdad, Irene Montero, pertenecen a las nuevas corrientes del feminismo, muy influencia­do por los postulados trans, y han chocado frontalmen­te con las tradiciona­les organizaci­ones del sector, organizada­s en su mayor parte en torno al PSOE, hasta el punto de que muchas feministas con décadas de lucha por los derechos de la mujer han pasado a ser considerad­as desde las filas de Unidas Podemos como «transfóbas» y «machistas». Desde el punto de vista del derecho positivo, la adquisició­n de la condición sexual a partir de la simple afirmación de la persona, sin otra comprobaci­ón de carácter factual, por ejemplo, médica, y sin otro trámite que la inscripció­n en el registro civil, deja abiertas demasiadas incógnitas sobre sus efectos legales o administra­tivos, como ya está ocurriendo en el ámbito de las competicio­nes deportivas. Pero, en definitiva, y sin entrar en considerac­iones morales, no parece un sofisma la alegación del viejo feminismo de que si se borra el sexo, se borra a la mujer.

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