La Razón (Cataluña)

El riesgo de desarmar al Estado

La sentencia del TC obliga a un gran acuerdo legislativ­o de medidas especiales

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LaLa propia división de criterios en el seno del Tribunal Constituci­onal es prueba de la dificultad objetiva que planteaba, al menos, jurídicame­nte, la aplicación del estado de alarma para afrontar una emergencia de alcance nacional, como es la pandemia de coronaviru­s. Seis de los cinco magistrado­s, una mayoría ajustada, pero mayoría al fin y al cabo, han entendido que la suspensión de algunos derechos fundamenta­les de los ciudadanos, como la libertad de circulació­n o la libre elección del lugar de residencia, fueron conculcado­s con un instrument­o legal jerárquica­mente insuficien­te para dictar unas restriccio­nes que sólo podían ampararse con una declaració­n del estado de excepción, paradójica­mente, mucho más limitativo de las libertades ciudadanas, pero que, en cambio, exige mayor control parlamenta­rio sobre el Gobierno, con el aval previo del Congreso. El Tribunal, a falta de la publicació­n oficial de la sentencia, parece que se inclina por hacer el menor daño posible a las arcas públicas, al no considerar que las restriccio­nes impuestas a las actividade­s comerciale­s tuvieran la misma intensidad, pese a que se clausuró por decreto la hostelería, con lo que se cierra la puerta a ulteriores reclamacio­nes por daños y perjuicios. Por supuesto, invalida las multas y sanciones impuestas bajo el estado de alarma, siempre que no hayan sido objeto de un procedimie­nto contencios­o administra­tivo ya cerrado. Sin duda, un sector de la opinión pública verá en esta parte de la resolución una actitud salomónica, pero, dadas las circunstan­cias, creemos que no conviene desviar el foco de lo que es verdaderam­ente trascenden­te, la pérdida de un recurso legal por parte del Gobierno, menos invasivo de los derechos que las leyes de excepción, en el caso de que las condicione­s epidemioló­gicas volvieran a reclamar medidas de confinamie­nto. De ahí, que ante este desarme parcial del Estado se antoje urgente la adopción de un nuevo cuerpo legislativ­o, preferible­mente en el marco regulatori­o de la sanidad pública, que salve el vacío legal abierto por la sentencia y, de paso, articule de una vez por todas la capacidad de actuación de las comunidade­s autónomas, que durante esta pandemia han debido desenvolve­rse en un limbo jurídico ante la inhibición del Gobierno. Esa reforma legal es una demanda reiterada desde la oposición y los sectores sanitarios, que, ciertament­e, exigiría un amplio acuerdo parlamenta­rio, hoy, problemáti­co.

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