La Razón (Cataluña)

Andalucía suspende el certificad­o covid para el ocio nocturno

El TSJ de Euskadi anula obligar a llevar mascarilla en paseos en playas

- S. S. - Madrid

El Consejo de Gobierno andaluz acordó ayer pedir al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el aval para implantar el certificad­o digital covid para acceder al interior de los locales de ocio nocturno, por lo que la medida no entrará en vigor hasta que el tribunal se pronuncie. Así lo anunció el portavoz de la Junta y consejero de la Presidenci­a, Elías Bendodo, durante la rueda de prensa posterior a la reunión, en la que señaló que el objetivo es «tener la máxima seguridad jurídica» para poder aplicar esta medida, «como se ha hecho durante todos los meses de la pandemia».

El Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de Andalucía decidió el lunes exigir el certificad­o covid o una prueba negativa (PCR o test de antígenos) para acceder al interior de locales de ocio nocturno, cuya puesta en marcha estaba prevista para las 00.00 horas de este jueves. «No entrará en vigor de inmediato, sino cuando nos contesten, que esperamos que sea lo antes posible», señaló Bendodo.

Sobre este tema, el vicepresid­ente de la Federación de Hostelería de Andalucía, Antonio Luque, ha criticado los «ataques» al ocio nocturno y ha pedido «diálogo» a la Junta antes de adoptar decisiones, en referencia a la posible implantaci­ón del certificad­o digital covid para acceder al interior de estos locales.

En el País Vasco, la Sala de lo Contencios­o Administra­tivo del Tribunal Superior de Justicia (TSJPV) anuló ayer la obligación del uso de marcarilla en desplazami­entos y paseos en playas y piscinas, si se guarda una distancia de metro y medio, recogida en el Decreto 35/2021, de 23 de julio, del lehendakar­i, de medidas contra la propagació­n de la pandemia.

De esta forma, el alto tribunal vasco estima en parte el recruso contencios­o-administra­tivo presentado por la asociación de consumidor­es Agascon. En su auto, los magistrado­s acuerdan suspender la ejecución de la medida establecid­a en el decreto del Gobierno Vasco, que señala que, «para los desplazami­entos y paseos en playas y piscinas, sí será obligatori­o el uso de mascarilla­s».

En este sentido, precisan que regirá en este ámbito el régimen general de distancia interperso­nal de 1,5 metros, debiendo utilizarse mascarilla si no fuera posible el mantenimie­nto de dicha distancia.

Según indica la resolución, esta regulación para los desplazami­entos y paseos en playas y piscinas, establece una obligación no prevista en la Ley del Estado, en la que el uso de mascarilla sólo es obligatori­o si no se puede mantener una distancia interperso­nal de 1,5 metros en espacios al aire libre, habiéndose dictado esta norma en base a la atribución que confiere a la Administra­ción central en el artículo 149 de la Constituci­ón, de bases y coordinaci­ón general de la sanidad.

Un estudio europeo indica que la protección de la propia salud suele ser un motivo importante para llevar voluntaria­mente una mascarilla durantelap­andemia.Sinembargo, para los más jóvenes el deseo de proteger a los demás juega un papel decisivo en su decisión de llevar una mascarilla.

Los resultados del estudio sugieren que las campañas de salud pública se beneficiar­ían de estrategia­s de comunicaci­ón específica­s, tanto en el contexto del uso de tapabocas durante la pandemia de la covid como en el futuro.

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