«Catastrazo» oculto para subir Patrimonio, Sucesiones e ITP
► La revisión de Hacienda aumentará estos impuestos por un cambio de valor de los inmuebles
El temido por muchos «catastrazo» ya está en marcha. El Ministerio de Hacienda y Función Pública publicó ayer, a través de la sede electrónica de la Dirección General del Catastro, los mapas de valores cotributar rrespondientes a los informes del mercado inmobiliario urbano y rústico de este ejercicio, el primer paso en la determinación de los valores individualizados de referencia de los inmuebles. Estos nuevos indicadores constituirán, a partir del 1 de enero de 2022, la base imponible del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sustituyendo al valor real. Y dado que en muchos casos serán mayores que el valor al que van a sustituir, implicarán que muchos contribuyentes tendrán que más por los impuestos de patrimonio y sucesiones.
Con el mecanismo puesto en marcha por el Ministerio de Hacienda, la base imponible de los impuestos de Sucesiones y Donaciones y de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados pasará de ser el valor real al valor de mercado, que en el caso de los inmuebles se asimila al valor de referencia calculado por el Catastro. Este valor de referencia es distinto del valor catastral –que es el que se utiliza, por ejemplo, para el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI), que no se verá modificado– y de nueva creación, ya que aunque estaba previsto en los Presupuestos de 2018, no llegó nunca a materializarse.
De este modo, el Gobierno retoma su intención de construir el valor de referencia de los inmuebles bajo la premisa de valoraciones individualizadas de cada inmueble, teniendo en cuenta cuestiones como la calidad constructiva, la antigüedad, el estado de conservación o la superficie si, por ejemplo, se han realizado ampliaciones. Se utilizarán para ello datos obtenidos de declaraciones de ciudadanos y comunicaciones de ayuntamientos, notarios y registradores y se complementará con datos de precios de compraventa.
Esto significa, de facto, un incremento del valor de referencia -y, por tanto, impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del impuesto sobre Sucesiones y Donaciones-, Donaciones-, ya que hasta ahora la base imponible del impuesto era el valor real, que se equiparaba o bien al precio de compraventa o a un valor objetivo asignado por las comunidades autónomas en función de factores como el precio de la zona, generalmente más alto, algo que ha sido rechazado reiteradamente en los tribunales.
Hacienda, sin embargo, niega que su medida vaya a suponer un aumento impositivo. La norma establece que los valores de referencia no superarán a los valores de mercado. Para tal fin, se aplicarán los factores de minoración que se han fijado por la Orden Ministerial publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que sitúa el coeficiente en el 0,9, tanto para los inmuebles urbanos como para los rústicos. Según Hacienda, con esta medida se garantiza que el valor de referencia no excederá al de mercado. Por tanto, al usar este indicador como base imponible en los tributos citados no se producirá una subida de impuestos.
Los expertos no comparten esta visión del ministerio. Aseguran que la subida impositiva se producirá seguro para los que hayan adquirido una vivienda a un precio alto – por ejemplo, los que lo hicieron en plena burbuja inmobiliaria–, ya que la nueva normativa da por hecho «que el precio declarado de compraventa es fraudulento y, por eso, establece un objetivo que, por falta de información, difícilmente reflejará el estado real y valor de cada vivienda», según han explicado desde la asociación de asesores fiscales Aedaf, que ha advertido de que «los impuestos serán evidentemente más altos».
Esta nueva normativa se aplicará en el impuesto de Patrimonio de las nuevas adquisiciones inmobiliarias a partir de enero de 2022, por lo que las propiedades preexistentes a esa fecha seguirán manteniendo el valor actual.