La Razón (Cataluña)

El TS apremia a Batet a inhabilita­r a Rodríguez Ricardo Coarasa.

► Insta al Congreso a fijar desde qué fecha cumplirá la condena

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La Mesa del Congreso le mantuvo el escaño al haber pagado la multa sustitutiv­a de la pena de prisión

Pulso del Tribunal Supremo al Congreso por la inhabilita­ción del diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez. Después de que la Mesa del Congreso decidiese mantener en su escaño al parlamenta­rio –pese a la condena de 45 días de cárcel, sustituibl­e por el pago de una multa, que le impuso el Alto Tribunal–, el Supremo ha tomado la iniciativa y ha instado a la presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, a que aplique esa pena de inhabilita­ción aunque el ex secretario de Organizaci­ón haya abonado la sanción económica sustitutiv­a de la pena de prisión. Y es que el Tribunal Supremo (TS) quiere saber a partir de qué fecha empezará a cumplir el diputado de Unidas Podemos la pena de inhabilita­ción de 45 días que le impuso por dar una patada a un agente durante una protesta. Con ese objetivo, el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, ha pedido a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, a través de un oficio, que remita al Alto Tribunal un informe sobre la fecha del inicio de cumplimien­to de la pena de inhabilita­ción especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado morado, con el objetivo de realizar la liquidació­n de su condena. La Fiscalía pedía para el ex «número 3» de Podemos una pena de seis meses de cárcel. La decisión del Supremo se produce después de que la Mesa del Congreso «blindase» a Alberto Rodríguez y, con los votos de PSOE y Unidas Podemos, acordase mantener en su escaño al diputado amparándos­e en un informe de los Servicios Jurídicos de la Cámara Baja. En ese informe, los letrados consideran que el ex «número 3» morado podía mantenerse en el hemiciclo, pese a la sentencia del Tribunal Supremo, al haber pagado ya la sanción sustitutiv­a de la pena de prisión impuesta. Para los Servicios Jurídicos del Congreso, la pena privativa de libertad impuesta a Alberto Rodríguez que lleva aparejada la de inhabilita­ción no llegó «a nacer en ningún momento» al haber sido sustituida desde su origen por una sanción económica. El ex secretario de Organizaci­ón morado fue condenado por un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la atenuante muy cualificad­a de dilaciones indebidas, a la pena de un mes y 15 días de prisión y a la de inhabilita­ción especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena. En la sentencia, el tribunal acordó sustituir la pena de prisión por una de multa de 540 euros, que el parlamenta­rio ya ha abonado. El incidente por el que el diputado morado ha sido condenado se produjo el 25 de enero de 2014 durante una protesta contra la Lomce que tuvo lugar en La Laguna (Tenerife) con motivo de la presencia en el municipio del entonces ministro de Educación José Ignacio Wert. Rodríguez negó que propinara una patada a un agente y achacó la investigac­ión judicial contra él a un intento de «criminaliz­ar la protesta». En su derecho a la última palabra al concluir el juicio, el diputado aseguró que «lo que se está poniendo aquí en tela de juicio es el derecho de reunión y de manifestac­ión en nuestro país» e insistió en que no había «ninguna prueba objetiva» para condenarle, «más allá de la mera declaració­n de un policía contra todo evidencia». «Si eso vale para someterte a un calvario judicial durante tanto tiempo y para se produzca una eventual condena estamos ante hechos gravísimos», denunció. En su sentencia, el Supremo mantiene que «en el curso de los enfrentami­entos físicos que, como consecuenc­ia de la actitud violenta de algunos de los congregado­s, tuvieron lugar entre éstos y agentes policiales», Alberto Rodríguez, «propinó una patada en la rodilla» a un agente «que, debidament­e uniformado, estaba cumpliendo las funciones propias de su cargo como integrante de la referida unidad policial, el cual, a consecuenc­ia de aquella, sufrió una contusión de la que curó en un día sin impediment­o para sus actividade­s habituales». Los magistrado­s valoraron fundamenta­lmente para sustentar su condena la declaració­n del policía, quien según reseñaron «en sus declaracio­nes no expresó duda alguna respecto a que el acusado fue quien le propinó, voluntaria­mente, una patada en su rodilla izquierda, en el curso de los incidentes que tuvieron lugar». Un testimonio que, añadía la Sala, fue corroborad­o por el hecho de «haber acudido inmediatam­ente después» a recibir asistencia médica y «por la temprana identifica­ción policial del acusado».

 ?? EFE ?? El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, fue condenado por propinar una patada a una agente
EFE El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, fue condenado por propinar una patada a una agente

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