La Razón (Cataluña)

Sin escaño en cuestión de días

- R. Esteban

¿Por qué hay discrepanc­ias sobre la ejecución de la sentencia entre el Congreso y el Tribunal Supremo?

Los letrados de la Cámara Baja entienden que al haberse sustituido la pena de cárcel por una multa, Alberto Rodríguez podría mantener su escaño. Para los servicios jurídicos, la pena privativa de libertad impuesta al diputado que lleva aparejada la de inhabilita­ción no llegó «a nacer en ningún momento».

¿Qué dice el Reglamento del Congreso para estos casos?

No hay equivocaci­ón. El artículo 21 y 22 del ccódigo obliga a dimitir a aquel diputado en el caso de que una semtencia firme «implique la imposibili­dad de ejercer la función parlamenta­ria» o por «decisión judicial firme que anule la elección o la proclamaci­ón del Diputado».

Batet ha pedido al Supremo que aclare la sentencia. ¿Cuándo responderá? ¿Qué ocurrirá?

Visto el último oficio enviado por el Supremo a la Cámara Baja –un día después de que el Congreso blindara al diputado– la respuesta no tardará. Entonces el Supremo volverá a incidir en la obligación de cumplimien­to de la inhabilita­ción del diputado.

¿Deberá votar otra vez la mesa del Congreso?

No. Meritxell Batet tiene la obligación de dar cumplimien­to a la sentencia. Por tanto, una vez que el Supremo responda a la presidenta, no habrá lugar para una nueva votación de los miembros de la mesa del Congreso. De hecho, la decisión inicial de Batet era la de suspender a Rodríguez para evitar un choque con el Poder Judicial.

¿Cuánto tiempo durará la suspensión de Rodríguez?

El mismo tiempo que debería haber cumplido la pena de cárcel –sustituida después por una multa–. Esto es 45 días.

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