Puerta abierta a la expropiación de viviendas R. L. Vargas / I. Bermejo.
► La nueva ley no frenará la posibilidad que ya tienen las autonomías de hacerlo
La nueva Ley de Vivienda no contemplará ningún tipo de freno a la posibilidad que ahora tienen abierta las comunidades autónomas de expropiar viviendas para su uso social, como ya hizo Baleares el pasado mes de marzo. El anteproyecto de la norma que ayer aprobó el Consejo de Ministros no recoge ningún tipo de freno a este respecto dado que el Gobierno considera que se trata de una potestad exclusiva de los gobiernos autonómicos. «Las comunidades autónomas tienen la competencia exclusiva en materia de vivienda», aseguraron fuentes del Departamento que dirige Raquel Sánchez, que abundaron en que la ley no contempla este tipo de medidas.
El pasado mes de marzo, el Gobierno de Baleares inició la expropiación de 56 viviendas de grandes propietarios inscritas en el registro oficial a cambio de una compensación por debajo del precio del mercado. Una medida que el sector criticó con dureza por interpretar que introducía una gran inseguridad jurídica y podría ahuyentar a los inversores extranjeros.
El anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda será tramitado por la vía de urgencia con el objetivo de que llegue al Congreso «antes de fin de año» y que sea aprobado en el segundo semestre semestre de 2022, según explicó ayer Sánchez tras el Consejo de Ministros en que fue aprobado.
La regulación de los alquileres en las áreas con precios tensionados ha sido el punto más conflictivo en la negociación que han mantenido durante casi un año los socios de gobierno. El texto establece que la declaración de zona tensionada se aplicará en áreas en las que exista «un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población, en condiciones que la hagan asequible para su acceso en el mercado». Las condiciones para que una zona de mercado se declare tensionada serán que el coste de la hipoteca o el alquiler (más gastos de suministros) supere el 30% de los ingresos medios de los hogares del ámbito y que el precio de compra o alquiler haya experimentado en los últimos cinco años una subida de, al menos, el 5% superior porcentaje de crecimiento del IPC autonómico.
La declaración de zona tensionada se aplicará durante tres años, aunque se podrá prorrogar anualmente. Durante el periodo de vigencia del área tensionada, los precios de los alquileres de los grandes tenedores jurídicos quedarán congelados si se prorrogan los contratos o deberán ajustarse al índice de precios que el Gobierno elaborará con la creación de un registro de alquileres. A los pequeños tenedores también se les aplicará la congelación automática de las rentas si prorrogan el contrato, aunque podrán subir el precio hasta un 10% si realizan determinadas mejoras en la vivienda de tipo energético o de accesibilidad o si firman contratos de diez años. Para promover la bajada de los precios de los alquileres, la normativa también concederá beneficios fiscales a los pequeños propietarios que pueden llegar al 90%.