El TS confirma que no es necesario el catalán en los sanitarios
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que dejaba sin efecto un decreto del Ejecutivo que preside la socialista Francina Armengol y que establecía la lengua catalana como requisito para el personal sanitario en Baleares. El alto tribunal cierra así la vía judicial por la que el Govern podía seguir adelante con esta normativa de 2018.
La norma no establecía la obilgación inmediata de aprender catalán, sino que daba dos años al personal para adquirir y acreditar las competencias lingüísticas básicas. En una sentencia anterior de enero de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Baleares invalidó los motivos del decreto, pero el gobierno no se quedó de brazos cruzados. El Ejecutivo recurrió aquella sentencia y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en una providencia del pasado 14 de octubre acaba de zanjar la cuestión. Ha sido mediante auto de admisión, es decir, que los magistrados no han entrado al fondo porque consideran que el recurso no reúne los requisitos formales para ser atendidos. Con esto termina la vía judicial para uno de los decretos más políticos del gobierno de coalición de izquierdas de las islas del Mediterráneo y, además, se imponen las costas al ejecutivo autonómico.
Esta medida fue recurrida por el sindicato de funcionarios CSIF que entendía que la obligación de aprender catalán en la sanidad discriminaba la igualdad en el acceso al empleo público. Decía la norma que el personal que no lo hiciera perdería el derecho a participar en procedimientos de movilidad o la posibilidad de mejoras de retribuciones. Por eso, en la sentencia anterior del TSJIB los magistrados consideraron que privar a los empleados del derecho a carrera profesional incurría en nulidad y que, además, la prohibición al derecho a la movilidad era «evidentemente desproporcionado».