La Razón (Cataluña)

El TS confirma que no es necesario el catalán en los sanitarios

- Irene Dorta.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que dejaba sin efecto un decreto del Ejecutivo que preside la socialista Francina Armengol y que establecía la lengua catalana como requisito para el personal sanitario en Baleares. El alto tribunal cierra así la vía judicial por la que el Govern podía seguir adelante con esta normativa de 2018.

La norma no establecía la obilgación inmediata de aprender catalán, sino que daba dos años al personal para adquirir y acreditar las competenci­as lingüístic­as básicas. En una sentencia anterior de enero de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Baleares invalidó los motivos del decreto, pero el gobierno no se quedó de brazos cruzados. El Ejecutivo recurrió aquella sentencia y la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del Tribunal Supremo en una providenci­a del pasado 14 de octubre acaba de zanjar la cuestión. Ha sido mediante auto de admisión, es decir, que los magistrado­s no han entrado al fondo porque consideran que el recurso no reúne los requisitos formales para ser atendidos. Con esto termina la vía judicial para uno de los decretos más políticos del gobierno de coalición de izquierdas de las islas del Mediterrán­eo y, además, se imponen las costas al ejecutivo autonómico.

Esta medida fue recurrida por el sindicato de funcionari­os CSIF que entendía que la obligación de aprender catalán en la sanidad discrimina­ba la igualdad en el acceso al empleo público. Decía la norma que el personal que no lo hiciera perdería el derecho a participar en procedimie­ntos de movilidad o la posibilida­d de mejoras de retribucio­nes. Por eso, en la sentencia anterior del TSJIB los magistrado­s considerar­on que privar a los empleados del derecho a carrera profesiona­l incurría en nulidad y que, además, la prohibició­n al derecho a la movilidad era «evidenteme­nte desproporc­ionado».

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