Primera multa por cobrar un alquiler abusivo en Barcelona D.Fernández.
El Ayuntamiento interpone una sanción de 9.000 euros por exceder el límite de precios de referencia que fija la ley
Al amparo de la ley de regulación de los alquileres catalana, faltará por ver que ocurre cuando el Gobierno apruebe su normativa de vivienda, el Ayuntamiento de Barcelona ha interpuesto una multa de 9.000 euros a un propietario por cobrar un alquiler abusivo por un piso de Sant Antoni. Se trata de la primera sanción municipal por incumplir la mencionada ley, en concreto por un contrato que excedía el límite del índice de precios de referencia. Los tres inquilinos de la vivienda pagaban unos 250 euros por encima del baremo, que han dejado de pagar y, además, han exigido el retorno del sobrecoste.
Los afectados se instalaron en un piso de la calle de Viladomat en otoño. Cuando revisaron el contrato de alquiler descubrieron que el arrendador les había alterado los datos para cobrarles de más. En primer lugar, puso el contrato a su nombre, cuando la propiedad es una persona jurídica. En segundo lugar, el documento no hacía referencia al precio del contrato anterior, incumpliendo la Ley 11/2020 que regula los alquileres. De momento, los inquilinos han decidido realizar una autorreducción del alquiler y desde agosto pagan 950 euros. La concejala de Vivienda, Lucia Martín, ha asegurado en un tuit en Twitter que esta primera sanción deja claro que cobrar alquileres abusivos no sólo es ilegal, sino que «no sale a cuenta».
Los inquilinos comprobaron que el contrato anterior era de 950 euros después de hacer una instancia en Incasòl. Por eso, interpusieron una denuncia al Ayuntamiento, que hace unas semanas impuso una sanción de 9.000 euros por contrato ilegal. Con esta información, los afectados también han reclamado al propietario el retorno del sobrecoste y una rebaja del alquiler. Ante la negativa del arrendatario, han interpuesto una demanda judicial para reclamar el retorno de cantidades que les han cobrado de más durante los últimos meses, y un precio ajustado a la regulación. Según fuentes municipales, aparte de esta sanción de 9.000, también se ha abierto otro expediente sancionador, y existen otros casos en estudio.
Discriminación inmobiliaria
Lo cierto es que no es la primera vez que el Ayuntamiento impone una sanción prionera. El pasado agosto, multó un caso de discriminación directa por racismo a la hora de alquilar una vivienda con un coste de 45.000 euros a la propiedad de la vivienda y a la inmobiliaria que la comercializaba. En esa ocasión, informó de que la inmobiliaria y la propiedad intentaron evitar alquilar la vivienda a una persona de origen marroquí, una infracción prevista en la Ley 18/2007 del Derecho a la Vivienda.
La discriminación se dio cuando, después de manifestar interés en alquilarlo y acreditar solvencia económica, la inmobiliaria no respondió a la petición y argumentó que se había escogido a otra persona para alquilarlo, pese a que el piso seguía vacío y disponible. Unas semanas después, una persona del entorno de la víctima y que no es de origen marroquí se interesó por el piso, pudo visitarlo y acreditar solvencia equivalente, y en ese caso el agente inmobiliario se mostró dispuesto a alquilarlo. Así, se pudo demostrar que el criterio de la propiedad no se basaba en la solvencia económica, y este caso supone «un hito» ante las dificultades de probar este tipo de discriminación, ya que no se ha demostrado que haya otros factores para justificar la actuación de la inmobiliaria y la propiedad.
Durante toda la tramitación del expediente sancionador, la propiedad, formada por tres personas físicas, y la empresa comercializadora pudieron presentar alegaciones y pruebas de que su comportamiento no fuera discriminatorio, unas alegaciones que han sido desestimadas jurídicamente por la Unidad de Disciplina y Antiacoso municipal.