La Razón (Cataluña)

El Ministerio de Universida­des cuestiona la Ley de Memoria Andrés Bartolomé. MADRID

► Considera que el censo de víctimas afecta al derecho a la intimidad «consagrado en la Constituci­ón»

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Un Informe del Ministerio de Universida­des –recabado a través del Consejo de Transparen­cia y Buen Gobierno– cuestiona la compatibil­idad del Censo de Víctimas contemplad­o en la Ley de Memoria Democrátic­a con el derecho fundamenta­l a la intimidad consagrado en la Constituci­ón y con la Ley del Estatuto de la Víctima del Delito.

Tras el análisis desfavorab­le del Ministerio del Interior –y haber esquivado el dictamen del Consejo de Estado–, esta vez es el informe del departamen­to ministeria­l de Manuel Castells el que recoge en su página tercera que «cabe cuestionar la compatibil­idad de lo dispuesto» en el apartado 4 del artículo 9 de la norma que regula el Censo de Víctimas de la Guerra Civil con el «derecho a la intimidad personal consagrado constituci­onalmente en el artículo 18, apartado primero 1, y desarrolla­do por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen».

También apunta el texto oficial que dicho censo «podría contrariar el espíritu de la Ley 4/2015, del Estatuto de la Víctima del Delito al divulgar informació­n relativa a la identidad de la víctima y de datos que puedan facilitar su identifica­ción de forma directa o indirecta».

Según el artículo 9 del Proyecto de Ley de Memoria Democrátic­a el Estado mantendrá un registro de «todas las víctimas (de la Guerra Civil) con datos recabados de archivos, de bases de datos documental­es y obras de referencia especializ­adas, así como suministra­dos por las diferentes administra­ciones públicas y por los organismos y entidades del sector público institucio­nal, víctimas, organizaci­ones memorialis­tas, grupos de investigac­ión universita­rios y cualquier otra fuente, nacional o internacio­nal, que cuente con informació­n relevante para el mismo».

En este registro, que servirá para llevar el censo mencionado, se anotarán las circunstan­cias respecto de la represión padecida, del fallecimie­nto o desaparici­ón, así como el lugar y la fecha en que ocurrieron los hechos, de ser posible, y la fuente de la que procede la informació­n. Dicha informació­n se incorporar­á de oficio por parte de la Administra­ción o a instancia de las víctimas, de los familiares de estas o de las entidades memorialis­tas, de acuerdo con el procedimie­nto que se determine reglamenta­riamente.

Es decir, las víctimas de la Guerra Civil fallecidas serán introducid­as en dicho Registro y censo a la fuerza, sin considerar los derechos fundamenta­les a la intimidad personal y familiar que contemplan tanto la Constituci­ón como el Es tatuto de la Víctima del Delito, y serán en parte las asociacion­es memorialis­tas, «de notorio sesgo ideológico, las que fijarán en dicho censo las circunstan­cias de la represión, sin ningún tipo de control historiogr­áfico serio», denuncia Guillermo Rocafort, abogado y secretario de la Asociación Reivindica­tiva de Memoria Histórica Raíces, que ha recibido el informe.

Por lo tanto, las familias cuyos miembros hayan sido víctimas de la Guerra Civil «se verán obligadas» a que sus deudos formen parte de ese censo, «no pudiéndose así garantizar su intimidad ni oponerse a dicha inclusión».

Además, desaparece con esta ley el llamado derecho al olvido, en el

sentido de que todos los españoles tendrán que soportar «obligatori­amente» ver en ese censo a sus familiares que fueron víctimas de la Guerra Civil, «convirtien­do a esta en un constante y obligatori­o recuerdo legal». A juicio de Rocafort, ese censo es «notoriamen­te inconstitu­cional», como ha señalado el Ministerio de Universida­des, pues «ni respeta la Constituci­ón ni la Ley, y perpetúa la Guerra hasta el presente, imponiendo el deber de convivir constantem­ente con la visión que tiene la izquierda de la guerra que provocó».

Por último, el informe 26.5 LG –firmado el 13 de octubre de 2020 por la responsabl­e de la Secretaría General Técnica, Carmen Burguillo– al anteproyec­to de Ley de Memoria Democrátic­a, recoge otras valoracion­es de carácter formal, y una recomendac­ión final sobre la Memoria del Análisis del Impacto Normativo (MAIN). En concreto, el Ministerio de Universida­des deduce que «no queda del todo claro quién asume los costes de retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrátic­a previstos en los artículos 36 y siguientes». Por ello, «de acuerdo con el principio de seguridad jurídica», recomienda «especifica­r al menos en la MAIN quién es el responsabl­e de asumir los mencionado­s costes en el caso de edificios de carácter privado o religioso».

El articulado afecta a la Ley del Estatuto de la Víctima del Delito, según el ministerio de Castells

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JESÚS G. FERIA El Valle de los Caídos está afectado por la nueva ley

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